Padres
Foto: Cuartoscuro / Los hombres que sufren violencia familiar, que se podría considerar vidaria, deben ampararse con otras leyes por la vía civil, pero no por la vía penal, para poder ver a sus hijos  

Rubén lleva cuatro años pagando la pensión alimenticia de su hijo y su expareja no le permite verlo; mientras que a Gilberto ya no le reciben la pensión con el fin de poderlo inscribir en el padrón de deudores alimentarios, lo cual no puede hacer porque deposita en los juzgados, y tampoco ha podido ver a su hijo desde hace cinco años.

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Casos como estos, de violencia familiar por interpósita persona, mejor conocida como violencia vicaria (término acuñado en España) se viven todos los días también en contra de los hombres a quienes sus exparejas no los dejan convivir con sus hijos, a pesar de cumplir con sus obligaciones; sin embargo, la Ley los deja desprotegidos.

De acuerdo con el nuevo tipo establecido en el Código Penal, la violencia por interpósita persona es “cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas”.

En marzo pasado, primero el Senado y luego la Cámara de Diputados aprobaron reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil Federal y al Código Penal Federal, a fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de este tipo de agresiones, pero sólo va dirigido hacia las mujeres.

“La enorme mayoría en este sistema patriarcal y supermachismo, la mayor cantidad de violencia vicaria o de violencia por interpósita persona, se da al universo de madres y mujeres”, reconoció la presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, la morenista Olga Sánchez Cordero.

La exministra reconoció que en algún momento se deberá modificar la Ley para que los hombres también queden protegidos por la ley ante este tipo de violencia.

“Todavía hay los suficientes argumentos de peso para que objetivamente se vea que este tipo de violencia es en contra de las mujeres”.

De ahí que estos hombres deberán ampararse a otras leyes por la vía civil, pero no por la vía penal.
“Por supuesto que el juez de lo familiar puede hacerse cargo de este tipo de violencias vicarias contra los hombres”, declaró Sánchez Cordero a 24 HORAS.

Al respecto, Juan Martin Pérez García, coordinador regional de Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, señaló que que “alienación parental” o “violencia vicaria” son narrativas adultas que niegan los derechos humanos de la niñez para priorizar la lucha de poder adulto.

Enfatizó que, la disputa “aún se mantiene en una guerra de sexos, olvidando el daño (y opinión) de la niñez que es la más afectada y la responsabilidad mayor es de las autoridades que no realizan acciones preventivas, alimentan el litigio y tratan a la niñez como un número de folio”.

‘Yo no pude ver crecer a a mis hijos’

Por: Arturo Rivera

Carlos es padre de dos adolescentes, a quienes dejó de ver por largos períodos de tiempo debido a que su mujer le impidió convivir con ellos.

“Yo perdí a mi familia cuando mis hijos eran pequeños, mi mujer me engañó con otro hombre y nos separamos. Ahí fue cuando conocí otra faceta de mi ex, porque empezó a hablarles mal de mí y me impedía verlos los fines de semana”, narra con tristeza.

Hoy ambos adolescentes conviven más con su padre, pero Carlos siente que se perdió una parte muy importante de sus vidas.

“No hay nada como ver crecer a tus hijos, y yo no pude, me lo perdí por el egoísmo de mi ex. Yo le he perdonado todo lo que hizo, menos que no me dejará ver a mis pequeños, que los alejará de sus abuelos, mis padres, de sus tíos, mis hermanos”, sentencia.

 

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