Foto: Freepik / El dictamen fue aprobado el viernes por los diputados y enviado al Senado para su revisión  

Las reservas del IMSS y del ISSSTE, así como los fondos de ahorro para el retiro, los recursos en el Infonavit, bonos de pensiones y las acciones de las Siefores no serán tocados por los cambios aprobados a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), afirmó Hacienda.

“Estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación (a la ley) sólo comprende el uso de activos del Gobierno federal”, argumentó la dependencia en un comunicado.

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la LFPRH con el objetivo de que en la operación del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), Hacienda pueda hacer aportaciones adicionales consistentes en activos financieros.

La conformación del FEIP tiene el fin de compensar una disminución en los ingresos del Gobierno por debajo de los estimados en la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal en turno, de modo que se pueda cumplir con el Presupuesto de Egresos sin la necesidad de hacer recortes en el gasto.

Hacienda aseveró que las modificaciones, promovidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador en septiembre, no tienen “ninguna relación con el gasto público, como algunos han interpretado erróneamente, generando confusión en la opinión pública”.

Indicó que el objetivo de la reforma es fortalecer al FEIP al permitir que, además de depósitos en efectivo que ya recibe actualmente, pueda recibir ahorros derivados del servicio de la deuda, o activos financieros que emite el Gobierno o que forman parte de sus activos.

El fondo podrá vender, mantener y recibir el interés correspondiente, a fin de incrementar su liquidez y capacidad financiera. Así, se podrá aprovechar la capacidad de emisión del Gobierno, ya que actualmente no es posible depositar otros activos que no sean efectivo.

Expuso que tras la reforma se tendrán dos fuentes de ingresos adicionales a las ya existentes para capitalizar al fondo, y que esta administración o cualquier otra en el futuro disponga de recursos suficientes para amortiguar caídas en los ingresos presupuestarios y un mecanismo para capitalizar al fondo de manera más rápida.

Las transferencias de activos financieros del Gobierno se darán cuando Hacienda identifique que hay un mejor resultado con respecto al balance financiero aprobado hacia los últimos días del año en curso, tal que por motivos de tiempo no sea posible reasignar.

Destacó que en esta operación seguirá aplicando la normatividad de la administración pública y aquella sobre las empresas productivas del Estado y las entidades paraestatales, por lo que Hacienda no podrá exceder el techo de endeudamiento aprobado por el Congreso y se deberá contribuir al equilibrio presupuestario, no podrá usar activos financieros de las empresas públicas u otros organismos para este fin.

“De ninguna manera significa que el Gobierno sustraiga activos de otras tesorerías o reservas del sector público, ya que únicamente se regulan los activos de la Tesorería de la Federación que maneja el Gobierno Federal. El FEIP es un fideicomiso de la administración pública central a cargo de la Secretaría de Hacienda. Por tanto, sus recursos provienen exclusivamente de aportaciones del Gobierno Federal”, señaló.

 

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