psiquiátricos
Foto: Captura / Los hospitales de psiquiatría paulatinamente se convertirán en centros ambulatorios o en hospitales generales  

Sin prever un presupuesto extra y buscando eliminar el modelo psiquiátrico asilar, este martes entraron en vigor las reformas aprobadas el 31 de marzo pasado a la Ley General de Salud en materia de salud mental y adicciones, en la que se establece que todo tratamiento e internamiento de la población usuaria deberá prescribirse previo consentimiento informado.

El decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, establece que el Ejecutivo federal tiene un plazo no mayor a 180 días naturales para emitir las disposiciones reglamentarias necesarias.

Además, señala que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de las reformas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado y en caso de modificaciones orgánicas, éstas deberán realizarse mediante movimientos compensados, por lo que no se autorizarán ampliaciones a su presupuesto para el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes.

Se establece que para eliminar el modelo psiquiátrico asilar, no se deberán construir más hospitales monoespecializados en psiquiatría, sino que las unidades actuales deberán, progresivamente, convertirse en centros ambulatorios o en hospitales generales dentro de la red integrada de servicios de salud.

“Para garantizar el acceso y continuidad de la atención de la salud mental y adicciones, se deberá de disponer de establecimientos ambulatorios de atención primaria y servicios de psiquiatría en hospitales generales, hospitales regionales de alta especialidad e institutos nacionales de salud”.

Asimismo, el paciente tiene derecho a no ser sometido a medidas de aislamiento, contención coercitiva o cualquier práctica que constituya tratos crueles, inhumanos o degradantes y, en su caso, ser sujeto a medios para atenuar el escalamiento de crisis.

El internamiento de la población usuaria de los servicios de salud mental y las personas con consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones, como último recurso terapéutico sólo podrá llevarse a cabo de manera voluntaria y cuando aporte mayores beneficios terapéuticos para la persona que el resto de las intervenciones posibles.

“Por ningún motivo el internamiento puede ser indicado o prolongado, si tiene el fin de resolver problemas familiares, sociales, laborales o de vivienda y de cuidado del paciente. En el caso de niñas, niños o adolescentes se privilegiarán alternativas comunitarias” y de ser necesario; este se llevará a cabo en hospitales generales o en hospitales de pediatría.

 

LEG