Foto: Cuartoscuro / Susana Harp aplaudió el fallo para contienda en Morena  

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la impugnación de Susana Harp y ordenó al tribunal de Oaxaca emitir una resolución para clarificar si el cargo simbólico de coordinador de comités de la 4T es equivalente al de precandidato.

Aunque dicha sentencia señala que se vulneró los derechos de la senadora, ésta no contraviene la designación de Salomón Jara como precandidato de Morena a la gubernatura de esa entidad.

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El fallo solamente se enfoca en pedir a las autoridades judiciales que emitan un nuevo dictamen ante su omisión de resolver “el cargo simbólico de coordinador de comités es equivalente y opera como un nombramiento de precandidato”.

De acuerdo con lo resuelto por el TEPJF, el Tribunal de Oaxaca deberá fundamentar si precandidato es equivalente a coordinador de los comités de la 4T y tendrá que hacerlo “con perspectiva de género y atender los argumentos vinculados con la materia”.

El tribunal oaxaqueño vulneró “el principio de congruencia” porque reconoció que Susana Harp desde su impugnación ante el órgano de justicia de Morena señaló la equivalencia entre precandidato y líder de los comités; sin embargo, de forma inmediata declaró inoperante el argumento.

Los magistrados del TEPJF aprobaron la resolución sin discusión, por lo que el tribunal de Oaxaca deberá acatarla.

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Al respecto, la senadora publicó en Twitter: “Le Informo al pueblo de Oaxaca que la Sala Superior del TEPJF ha revocado la sentencia del TEEO, la que en su momento catalogó como improcedente mi impugnación por la designación de un hombre como candidato de morena a la gubernatura de Oaxaca”.

Sin embargo, el alcance de la sentencia de dicho tribunal solo es resolver si el cargo simbólico de coordinador de comités es equivalente al nombramiento de precandidato único a la gubernatura.

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) deberá resolver si el cargo simbólico de coordinador de comités en defensa de la cuarta transformación, es efectivamente y opera como precandidato único a la gubernatura”.

Con ello, revisará el nombramiento de Salomón Jara Cruz, como aspirante a la gubernatura por Morena.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió revocar la sentencia para que el TEEO emita una nueva y en la que de manera completa analice la demanda de la actora con perspectiva de género y atienda los elementos vinculados con la materia.

Ordenó al Tribunal estudiar de nueva cuenta la impugnación presentada y volver a pronunciarse. La senadora inconforme impugnó la designación de Salomón Jara como precandidato único de Morena. La resolución del TEEO va dirigida a que en términos de lo dispuesto vuelva analizar la sentencia que resolvió en enero pasado y emita una nueva. “El tribunal de Oaxaca omitió resolver si.

El tribunal oaxaqueño vulneró “el principio de congruencia”, porque reconoció que Susana Harp desde su impugnación ante el órgano de justicia de Morena, señaló la equivalencia entre precandidato y líder de los comités; sin embargo, de forma inmediata declaró inoperante el argumento.

Los magistrados del TEPJF aprobaron la resolución sin discusión, por lo que el tribunal de Oaxaca deberá acatarla.

La senadora publicó en Twitter: “Le Informo al pueblo de Oaxaca que la Sala Superior del TEPJF ha revocado la sentencia del TEEO, la que en su momento catalogó como improcedente mi impugnación por la designación de un hombre como candidato de morena a la gubernatura de Oaxaca”.

Sin embargo, el alcance de la sentencia de dicho tribunal solo es para resolver si el cargo simbólico de coordinador de comités es equivalente al nombramiento de precandidato único a la gubernatura.

LEG