Foto: Pixabay / En los contratos debe establecer el teletrabajo como esquema laboral  

Únicamente el 19% de trabajadores en México recibe un pago por laborar bajo la modalidad de home office, ya sea una cantidad que ayude con sus gastos o un bono económico, de acuerdo al más reciente sondeo semanal de OCC Mundial.

El 81% restante de las personas consultadas mencionó que en sus empresas no se da este tipo de ayuda.

La bolsa de trabajo destacó en un comunicado que el no recibir dinero por este concepto no debe interpretarse como un incumplimiento de las empresas, sino que en los contrato no se establece el teletrabajo como esquema laboral.

TE PUEDE INTERESAR:   IFT autoriza que Telcel despliegue red 5G en México

Apuntó además que para considerar que un empleado se encuentra en modalidad home office, debe de realizar más del 40% de su jornada laboral en un espacio fuera de la oficina.

El sondeo, aplicado del 28 de enero al 3 de febrero, arrojó que el 21% de los empleados recibe un pago o bono cada mes por parte de sus empleadores, 2% recibe un único pago y 4% recibe un pago en distintas fechas, mientras que el resto no recibe algún apoyo.

Además, al 42% de las personas consultadas les estresó un posible contagio, un alza de dos puntos porcentuales respecto a la semana del 21 al 27 de enero.

El 12 de enero de 2021 entraron en vigor las reformas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, y las obligaciones que empleadores y trabajadores deben cumplir.

Entre las responsabilidades de las empresas sobresale el asumir parte proporcional de los costos derivados del trabajo remoto, como servicios de telecomunicación y electricidad.

TE PUEDE INTERESAR: Banxico iniciará 2022 con alza de tasa a 6%: analistas

También deben proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo, como equipo de cómputo, sillas ergonómicas e impresoras, entre otros.

Las compañías deben respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de sus jornadas laborales e inscribirlas al régimen obligatorio de seguridad social.

Las reformas indican que no se considerará como teletrabajo cuando esta actividad se realice de forma ocasional o esporádico.

Se prevé que en abril se publique la Norma Oficial Mexicana que reglamentará el home office, con lo que se confía en que más empresas cumplan con las reformas hechas a la Ley Federal del Trabajo.

 

LEG