FOTO: Mario Jasso / Cuartoscuro La minuta establece un tope para el pago de utilidades y una multa de 4 millones 481 mil pesos a las empresas que violenten esta reforma.  

Por mayoría, las Comisión de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos, Segunda del Senado, dictaminó la minuta sobre la regulación de la subcontratación (outsourcing) la cual, sanciona esta práctica como defraudación fiscal, establece un tope para el pago de utilidades y una multa de 4 millones 481 mil pesos a las empresas que violenten esta reforma.

En la discusión de la reforma, la priista Claudia Ruiz Massieu, consideró que para su partido, la reforma representa un avance en las condiciones y derechos laborales del país, toda vez que, “se subsanan lagunas legales que actualmente existen” y representa consolidación de un diálogo amplio entre gobierno, empresarios y centrales obreras.

El líder de la Confederación de Trabajadores de México, Carlos Aceves del Olmo, toda norma es perfectible; no obstante, reconoció que la creación de una comisión tripartita para llevar a cabo las negociaciones con presencia del presidente de la República.

El presidente de la Comisión del Trabajo y líder del sindicato minero, Napoleón Gómez Urrutia, consideró que esta reforma es de “trascendencia histórica”, recordó que los ataques a la reforma se dieron por ignorancia y no por mala fe.

De esa manera refirió que 353 mil millones de pesos se evadían por la subcontratación y el IMSS dejaba de percibir cuotas del orden de 50 mil millones de pesos.

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El panista, Damián Zepeda, se manifestó -en lo personal- a favor de la minuta; no obstante, resaltó que no se otorgan los mismos beneficios, pues mientras que al gobierno le dan hasta agosto, a los privados les dan menos tiempo para su entrada en vigor.

Los cambios a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley del Seguro Social, a la Ley del Infonavit, al Código Fiscal de la Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, limitan la figura de la subcontratación de servicios y prohíbe la subcontratación de personal.

De esa manera, sólo se permitirá la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas en el gobierno. “La subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, deberá formalizarse mediante contrato por escrito y las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán tener registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”.

Establece el derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, que tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; y se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

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