En días recientes, el tema de las pensiones volvió a ocupar la atención de los medios de comunicación y de las redes sociales, luego de que la Suprema Corte de Justicia emitiera una sentencia relacionada con el tema.

En el fondo, la polémica de la sentencia radica en las diferencias entre dos sistemas de retiro: el de la Ley del Seguro Social de 1973 y el del modelo actual, que entró en vigor en 1997. Las diferencias entre ambos no son menores, siendo una de las más significativas las cantidades de las pensiones que serán recibidas en cada uno.

Supongamos que una persona decide retirarse bajo el esquema de 1973, después de haber cotizado mil 250 semanas (la cantidad necesaria para acceder a una pensión en el esquema de 1997), con un salario promedio de 10 mil pesos durante las últimas 250 semanas que aportó. De acuerdo con el simulador de pensiones del IMSS, ese trabajador recibiría aproximadamente seis mil 770 pesos como pensión, siempre que su retiro se dé a los 65 años, es decir, sin hacer uso de cesantía.

En el caso de quienes se retiren bajo el nuevo modelo, el cálculo cambia con cada persona, pero se estima que, en promedio, la primera generación de las Afores recibirá entre el 26 y el 30% de su último sueldo. Es decir, bajo el nuevo sistema de pensiones, de lograr comprobar las mil 250 semanas de cotización, una persona que gane 10 mil pesos recibirá un máximo de tres mil pesos.

La diferencia se hará aún más grande considerando que muchas personas que se encuentran bajo el esquema de 1973 podrían cotizar los últimos cinco años de su vida laboral en el nivel más alto, haciéndose acreedoras a una pensión equivalente a diez salarios mínimos, que aproximadamente ascendería a 40 mil pesos.

Ése no es el caso de quienes se encuentren bajo el sistema de Afores, pues ahí el monto se calcula con base en lo que el ahorrador logró depositar en el fondo para el retiro durante todas las semanas en las que cotizó. Además, incluso cuando el límite de las pensiones en este sistema es de 25 salarios mínimos, la pensión solamente se garantizará hasta que los fondos se agoten y no, como en el sistema de 1973, hasta el fallecimiento de la persona beneficiaria.

Si a estas significativas diferencias se suma el hecho de que existen pensiones de beneficios definidos de otras instancias en que la persona beneficiaria recibe su último sueldo de manera íntegra, y que también son sustentadas por el Estado, nos daremos cuenta de que, si la situación sigue igual, las y los jóvenes no solamente serán quienes se encarguen de financiar las pensiones de la generación de transición, sino que las cantidades que recibirán en las suyas serán proporcionalmente menores.

A esto se agrega el hecho de que en México y el mundo la esperanza de vida sigue creciendo y que las pensiones vitalicias de las personas aseguradas bajo el esquema de 1973 empezarán a representar una carga cada vez mayor para la hacienda pública y para todo el sistema de seguridad social.

Ante este escenario, son comprensibles la preocupación y las reacciones en torno a cualquier aspecto relacionado con las pensiones, y por ello, debe ser una prioridad en la agenda nacional de temas prioritarios.

ricardomonreala@yahoo.com.mx

Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA