Foto: Cuartoscuro/Archivo La comisión de Estudios Legislativos del Senado avaló que se consideren delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa las empresas fantasma y las facturas falsas  

La comisión de Estudios Legislativos del Senado avaló que se consideren delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa las empresas fantasma y las facturas falsas, considerando que éste sea un delito de contrabando y su equiparable.

 

El texto del dictamen que previamente fue aprobado por las comisiones de Hacienda y justicia, señala como delito “la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.

 

Aumenta las penas: impone sanción de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

 

Prevé las mismas sanciones al que permita o publique a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

 

Cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos, señala el dictamen.

 

 

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