Foto: Cuartoscuro/Archivo En Oaxaca entró en vigor a Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, por lo que quedó prohibida la venta, distribución o uso de desechables  

Con la publicación en el Periódico Oficial del estado de la reforma a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, entró en vigor la prohibición de la venta, distribución o uso de botellas desechables de tereftalato de polietileno (PET), así como de envases y embalajes desechables de poliestireno expandido (unicel), en Oaxaca.

 

El diputado local Horacio Sosa Villavicencio, del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), autor y promovente de esa medida, dijo que con esta medida Oaxaca se coloca a la vanguardia de la protección de la naturaleza y de la defensa de los derechos ambientales de la población, pues es el primer estado del país que establece este tipo de restricciones.

 

Destacó que la nueva disposición reducirá casi 70% la emisión de contaminación por PET en el estado, pues se estima que de ésta, 52.8% está constituida por botellas desechables de refresco y 17% por botellas desechables de agua.

 

 

A partir de la publicación, las dependencias y entidades de los tres Poderes del gobierno estatal, los gobiernos municipales, así como los órganos autónomos tienen prohibido adquirir, usar o distribuir productos en envases o embalajes de un solo uso elaborados con tereftalato de polietileno, poliestireno expandido o polietileno, salvo que sean destinados a fines médicos o para la atención humanitaria.

 

Las micro y pequeñas empresas que comercializan directamente al consumidor final los productos con los envases de PET o embalajes de unicel, como tienditas o minisúper, tendrán un año para eliminar de su inventario los productos prohibidos; en tanto, para las medianas y grandes empresas, como supermercados, así como las empresas que distribuyan antes de su venta al consumidor final, como las empresas refresqueras, el límite de tiempo será de seis meses.

 

Las sanciones por el incumplimiento de las nuevas disposiciones están previstas en el artículo 108 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, que incluyen la posibilidad de multas de diez a cincuenta mil días de salario mínimo, la suspensión o revocación de concesiones o autorizaciones, decomisos, clausuras temporal o definitiva, e incluso el arresto.

 

Sosa Villavicencio, vicecoordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura local, señaló que las grandes empresas deberán replantear la forma en la que envasan sus productos y adoptar medidas que cuiden al medio ambiente. “No estamos contra los empresarios; solo les pedimos que vendan sus productos en envases amigables con el ambiente, o que regresen a las botellas retormables”, señaló.

 

Recordó que los plásticos constituyen 45 por ciento del volumen de los residuos sólidos, y el PET es uno de los principales contribuyentes a dicho volumen. Esto, agrego, implica graves problemas ambientales y de salud, así como gastos económicosy energéticos que se evitarán con la nueva disposición.

 

El decreto incluye también la prohibición del obsequio, venta o entrega al consumidor final de bolsas de plástico y popotes de polietileno de baja densidad, polietileno lineal, polietileno de alta densidad, polipropileno, polímero de plástico y cualquier otro de sus derivados. No obstante, están permitidas las bolsas que hayan sido producidas incorporando mínimo 30 por ciento de material reciclado.

 

fahl