La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por primera vez en su historia, otorgó un amparo a una pareja lésbica para que pueda registrar al hijo que tuvieron, a través de técnicas de reproducción asistida.

Por unanimidad de votos, la Primera Sala de la Corte otorgó este beneficio jurídico a una pareja que habita en Aguascalientes, la cual tuvo que recurrir a un primer amparo para que se reconociera su matrimonio, y posteriormente acudió al máximo tribunal de la nación para poder registrar a su hijo.

El abogado Alexi Alí Méndez Díaz, que llevo el caso de la asociación “México Igualitario”, afirmó que el asunto es relevante, pues es el primer amparo que otorga la Suprema Corte en este tema.

“Limitar el derecho a la filiación de los menores de edad nacidos en el seno de familias homoparentales es discriminatorio y viola el derecho a la identidad. Se debe respetar la voluntad de una persona para reconocer a un hijo con quien no hay vínculo genético”, determinó la SCJN

 

JMSJ