Foto: Archivo 24 Horas Incluso se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria el estado de la declaración  

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual en abril son quienes están en el Régimen de Servicios Profesionales, obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

 

Los contribuyentes que se vean en la necesidad de cubrir un pago que le arroje su declaración y deseen domiciliar o fraccionar sus pagos, tendrán que cubrirlos para el 1 de julio, en esa fecha se les cobrará el 60% y para el 5 de noviembre el 40% restante.

 

Sin embargo, para quienes obtengan el resultado de devolución, Hacienda pone un plazo de seis meses que comienzan a contarse a partir del última día en que esté disponible presentar las declaraciones anuales.

 

Además, si el plazo se cumple y el contribuyente sigue sin contar con ese dinero, Hacienda emitirá un interés por demora sin tenga solicitarlo el ciudadano.

 

Incluso se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria el estado de la declaración.

 

En este caso, cuando la declaración arroje un resultado de que la devolución ha sido emitida, tardara un plazo no mayor a los 10 días recibirás el importe correspondiente, si no se ve reflejado se recomienda acudir a la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio.

 

 

DAMG