Foto: @SCJN/Twitter Los ministros se pronunciaron en contra de cualquier forma de matrimonio infantil  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las convenciones internacionales en materia de matrimonio infantil no son aplicables, porque el Estado ha dado una protección mayor a los niños en este tema.

El máximo tribunal del país comenzó a analizar este lunes una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes, en contra de la prohibición absoluta para que los menores de edad puedan contraer matrimonio.

Esta prohibición fue incluida en el Código Civil Estatal, y a decir del ombudsman de Aguascalientes, no prevé las dispensas que se contienen en convenciones internacionales sobre el tema, para casos graves o justificados.

La Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes, argumenta que, al prohibir absolutamente este tipo de matrimonios, se deja un vacío legal a estas uniones que de hecho sigue existiendo, por ejemplo, para poder registrar a sus hijos, o ante el fallecimiento de un integrante de la pareja, para efectos de herencia y guardia y custodia.

Por mayoría de diez votos, los ministros se pronunciaron en contra de cualquier forma de matrimonio infantil. Por lo que la SCJN seguirá analizando otros aspectos del tema del matrimonio infantil, en su sesión del próximo martes.

 

DAMG