Foto: @CNDH/ Twitter La CNDH reconoció que en este caso se presentan los elementos de gravedad, urgencia y daño irreparable, al posibilitar se vulneren los derechos fundamentales de las personas desaparecidas  

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a las autoridades del Gobierno del Estado de Jalisco implementar medidas cautelares para evitar la revictimización de los tres estudiantes de cine desaparecidos desde el 19 de marzo pasado, “mediante expresiones descalificadoras y estigmatizadoras”.

Además de que las autoridades que investigan el caso lo hagan con total respeto a los derechos humanos y sin mediatizarlo, abundó el organismo en un comunicado.

En ese sentido, solicitó a los titulares de la Secretaría General de Gobierno y de la Fiscalía General de dicha entidad el otorgamiento de las medidas, sin prejuzgar sobre la veracidad de los hechos, y con el fin de evitar la consumación irreparable de violación a los derechos humanos o la producción de daños de difícil reparación.

“Esta Comisión Nacional considera que las autoridades estatales deben realizar indagatorias profesionales e imparciales, con perspectiva de derechos humanos y sin omitir línea alguna de investigación, que permitan conocer el paradero de esos estudiantes”, enfatizó.

Pidió también brindar trato sensible, cálido y respetuoso a madres, padres y allegados de los jóvenes desaparecidos.

La CNDH reconoció que en este caso se presentan los elementos de gravedad, urgencia y daño irreparable, al posibilitar se vulneren los derechos fundamentales de las personas desaparecidas.

Las solicitudes de medidas cautelares, firmadas por el primer visitador general, Ismael Eslava Pérez, tienen su fundamento en los artículos 15, fracciones IV y XII, 24, fracción V, y 40, de la Ley de la CNDH.

Así como 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno, que prevén la facultad de la CNDH para requerir a las instancias correspondientes para que en el ámbito de sus atribuciones adopten medidas cautelares con el objeto de proteger la integridad personal e incluso la vida de las personas, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto.

Las medidas citadas deberán implementarse durante el tiempo que se requiera, y deberán formular su respuesta al requerimiento de la Comisión de inmediato, a partir de la notificación o conocimiento por cualquier medio de la mencionada solicitud.

DPC