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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a los secretarios de Gobierno de siete entidades adoptar medidas cautelares en favor de las personas damnificadas y formuló consideraciones sobre la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos fundamentales.

 

Ello, luego de las investigaciones sobre hechos presuntamente violatorios de derechos humanos como consecuencia de los sismos de septiembre, que podrían implicar acciones u omisiones de autoridades, así como actos de empresas, informó el organismo en un comunicado.

 

En sendos oficios enviados a los secretarios de Gobierno de la Ciudad de México y de los estados de México, Guerrero, Chiapas, Oaxaca, Puebla y Morelos, les pidió establecer un mecanismo de análisis y evaluación de las empresas que participarán en la etapa de reconstrucción en que se valore el historial en el cumplimiento de las normas de construcción y de sanciones de la empresa.

 

Además, los procedimientos y procesos o investigaciones que las empresas tengan abiertos, considerando también a sus titulares y representantes.

 

El organismo nacional comentó que el Estado tiene la obligación de exigir que las empresas observen una debida diligencia para evitar violaciones a derechos humanos.

 

Ante ello, solicitó constituir un mecanismo de difusión pública sobre el proceso de reconstrucción que sea accesible a la población; informar su grado de avance, por delegación política o municipio; transparentar el empleo de los recursos públicos y de los agentes e instituciones involucrados en la etapa de reconstrucción.

 

Las referidas autoridades también deberán adoptar las medidas y los mecanismos necesarios para garantizar la rendición de cuentas y transparencia en el otorgamiento de los recursos públicos, a fin de que se destinen únicamente a la reconstrucción y reparación de los inmuebles afectados.

 

Del mismo modo, elaborar un registro de los inmuebles en reparación y reconstrucción derivados de los sismos de septiembre pasado, por delegación política o municipio, en que se relacione la razón o denominación social de las empresas o el nombre de los empresarios que participan y participarán de manera parcial o total en esos trabajos.

 

La CNDH analizó lo que diferentes estándares internacionales establecen tras un desastre natural y sobre la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, como el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030.

 

De igual forma, el marco internacional de las Directrices Operacionales del IAS sobre la Protección de las Personas en Situaciones de Desastres Naturales, que deberán considerarse para la prevención de cualquier violación a derechos humanos.

 

O, su repetición y los “Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para proteger, respetar y remediar” de la ONU.

 

Dejó claro que el derecho internacional de los derechos humanos ha incorporado la obligación específica de los Estados de proteger y garantizarlos frente a las actividades empresariales.

 

“Si bien, las empresas no asumen obligaciones legales directas bajo el rubro del respeto a derechos humanos, se han presentado casos en que la actividad de las mismas ha generado grandes impactos en los derechos fundamentales de la colectividad”, refirió.

 

Por ello, a nivel internacional, es ampliamente aceptado que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos; es decir, que eviten vulnerar los derechos humanos de las personas y reparar las consecuencias negativas de sus actividades, añadió la CNDH.

 

Indicó que una fórmula para materializar la obligación del Estado Mexicano en la actividad empresarial, derivada de los principios rectores, es contar con políticas públicas adecuadas y normas de exigibilidad a las empresas, que observarán las dependencias de la administración pública e instituciones, a fin de garantizar y prevenir abusos y violaciones a derechos humanos cometidos por las empresas.

 

ERM