Con una estrategia enfocada en la presunción de inocencia y la inexistencia de pruebas al momento de su detención, la defensa del Comandante Emilio confía en que el proceso que se le sigue por secuestro no llegue hasta el juicio oral y obtenga antes su libertad.

 

El abogado José Luis Vargas Ramírez ubicó tres momentos en los que Raúl Escobar Poblete, el ex guerrillero acusado de terrorismo en Chile por el asesinato de un senador pinochetista en 1991, podría obtener su libertad: la próxima semana si gana la sentencia al amparo que promovió, el 2 de octubre, fecha en que culmina el plazo para el aporte de pruebas, o durante la audiencia intermedia, donde el juez rechace pasar al juicio oral por no tener sustento la acusación.

 

En cualquiera de los casos, explicó, Escobar Poblete muy probablemente sería expulsado del país por la documentación falsa que tenía a nombre de Ramón Alberto Guerra y con la cual ocultaba su pasado como combatiente a la dictadura pinochetista.

 

“Pero no es lo mismo irte de un penal a otro penal, que irte expulsado de México”, consideró el litigante.

 

CARTAS INEXISTENTES

Explicó que el amparo que promovió contra la vinculación a proceso es porque las únicas pruebas que tomó en consideración el juez para hacerlo, son dos cartas escritas por una víctima de secuestro, y que supuestamente traía consigo Escobar Poblete.

 

“Esas cartas no aparecieron nunca por ningún lado, no existen. El taxista que lo señaló dijo que sintió que lo venía siguiendo; es triste que con el sentimiento de una persona se detenga a alguien”, expresó Vargas Ramírez.

 

Por esa razón, abundó, dentro del nuevo Sistema Penal Acusatorio se debió presumir la inocencia de comandante Emilio y no vincularlo como probable partícipe en un delito de secuestro.

 

Si el amparo falla, espera que al momento de vencer el plazo para el aporte de pruebas, el próximo 2 de octubre, la fiscalía se desista de continuar con el caso, pues no habrá encontrado elementos de cargo, y los que llegue a presentar, poderlos desacreditar.

 

“Si aun así llegamos a la audiencia intermedia, el juez de control puede determinar, por los vicios en la detención, no turnar el caso al juez de oralidad, sobresee el juicio y el caso concluye”, indicó.

 

caem