Un Juez Civil de la Ciudad de México decretó procedente la Extinción de Dominio de un inmueble ubicado en la delegación Tlalpan, donde se instaló una planchaduría en la que una familia explotó laboralmente por más de dos años a la menor de edad conocida como “Zunduri“.

 

El Juez Octavo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal emitió la resolución sobre la demanda que el 30 de septiembre de 2015 inició la Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio, respecto al predio que se ubica en la calle de Izamal, colonia Lomas de Padierna, donde se consumó el delito de trata de personas.

 

De acuerdo con la averiguación previa del caso, entre febrero de 2013 y abril de 2015, Zunduri fue obligada a realizar trabajos forzados sin remuneración alguna, y para que no escapara la mantenían encadenada.

 

De acuerdo con los testimonios de la joven, los victimarios la golpeaban hasta que sangraba, para que no dejara de trabajar, y cuando las heridas iban cicatrizando le arrancaban las contras.

 

Las pruebas aportadas por la PGJ capitalina permitieron en diciembre de 2016 obtener una sentencia acumulada de 150 años de prisión, para cinco personas que explotaron a esta menor en la planchaduría.

 

Además, las autoridades capitalinas promovieron la demanda de Extinción de Dominio contra los propietarios del inmueble en el que estaba el negocio, ya que durante las diligencias que realizó la Policía de Investigación (PDI), se determinó que los dueños tenían conocimiento de las condiciones a las que estaba sometida la afectada, con agresiones físicas y verbales constantes, para obligarla a trabajar sin paga, beneficiando a sus victimarios.

 

En octubre de 2015 el juez de la causa admitió a trámite la demanda, se presentaron pruebas de ambas partes, y se decretaron medidas cautelares para evitar que se vendiera o gravara el inmueble, que fue asegurado, hasta que se emitiera el fallo.

 

La resolución judicial establece que es procedente la vía especial de Extinción de Dominio, donde las autoridades capitalinas acreditaron su acción sobre el referido predio de 250 metros cuadrados, sin contraprestación ni compensación alguna, por lo que debe aplicar a favor del Gobierno de la Ciudad de México.

 

El juez también estableció indemnizaciones para la víctima, por el daño físico que se le causó, para cubrir los costos de tratamiento médico, medicinas, exámenes clínicos e intervenciones necesarias para su rehabilitación; además del pago por reparación del daño físico y moral.