"Con mi corazón, bajo el nombre de Dios, no tuve nada que ver con la muerte de ninguna de estas personas", declaró

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomuniciones con sede en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la república, desechó 50 amparos contra el nuevo esquema de precios de gasolina.

 

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que la sentencia precisa que las políticas de Estado solo pueden ser instrumentadas por una autoridad investida de poder público y de legitimidad gubernamental.

 

Aclaró que no corresponde al juzgado federal imponer una obligación a los expendedores de gasolina para que realicen el cobro de los productos que venden bajo determinados precios, ya que esa es una decisión regulatoria discrecional que corresponde a las autoridades rectoras de la economía nacional.

 

Estimó que no sería jurídicamente factible ordenar a las autoridades responsables que legislara nuevamente en materia económica y de política pública, y “rediseñaran” un nuevo esquema de fijación de precios.

 

Ello, expuso, porque además de que con ello se ocasionaría que se le diera a un posible fallo protector efectos generales contrarios al principio de relatividad que rige el juicio de amparo.

 

Por estas razones, la juzgadora concluyó que esta clase de reclamos no pueden ser dirimidos por el Poder Judicial, porque el juicio de amparo no es la vía idónea para decidir si es correcta la política pública en materia económica implementada por uno de los poderes de la Unión.