La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) logró del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal una sentencia contra Nextel por realizar cobros indebido de servicios a más de tres millones de usuarios, por lo que la empresa deberá reparar los daños e indemnizarlos.

 

La falta de la empresa de telecomunicaciones fue por realizar cobros indebidos de servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenido diferente a los planes o paquetes ofrecidos, precisó la dependencia en un comunicado.

 

Además, por servicios adicionales cancelados, ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, previo aviso y aceptación expresa de los consumidores entre 2012 y 2014.

 

A su vez, destacó que la resolución puede beneficiar a más de tres millones de usuarios de servicios de telecomunicaciones agrupados en las empresas NII Telecom, Servicios de Radiocomunicación Móvil de México y Delta Comunicaciones Digitales.

 

Así como a las empresas Inversiones Nextel de México, Comunicaciones Nextel de México, NII Digital, y Operadora de Comunicaciones conocidas comercialmente como Nextel.

 

El organismo precisó que la sentencia condena a las empresas de Nextel a la reparación de daños cuantificables y liquidables en vía incidental ocasionados a cada consumidor perjudicado desde 2012 hasta la conclusión del juicio.

 

Lo anterior, aunado al pago de interés legal a razón del 9.0% anual sobre las cantidades generadas por cobros indebidos, así como cubrir una indemnización a cada consumidor afectado correspondiente al 20%.

 

Los consumidores afectados deberán acreditar que durante 2012, 2013, 2014 y hasta la conclusión del juicio, recibieron alguno de los servicios de radiocomunicación móvil especializada por parte de los proveedores demandados.

 

También, que durante el periodo referido la o el consumidor cubrió una cantidad de dinero por servicios que no cumplen las condiciones, calidad, características y demás modalidades ofrecidas al público consumidor.

 

Además de haber pagado la totalidad del servicio y que no exista algún tipo de bonificación, entre otras.

 

En este contexto, el encargado del despacho de la Profeco, Rafael Ochoa Morales, resaltó que desde que se dio inicio a las acciones colectivas en la Profeco, en 2013, esta es la primera sentencia favorable en materia de consumo, “lo que marca un hecho histórico y sienta un precedente importante en la materia”.

 

Ochoa Morales, dijo que personal especializado de la dependencia estará atento a las necesidades de las y los consumidores que pidan información sobre la forma de adherirse o bien que reclamen asesoría jurídica para su incorporación.