La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que mañana decidirá sobre la legalización de la mariguana está integrada por tres ministros liberales, uno conservador y uno más sin tendencia definida.

 

De acuerdo con una revisión de las posturas de los ministros, del lado liberal de la Sala se encuentran José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar (quien lleva la ponencia que entregaría un amparo para permitir el consumo con fines lúdicos y el autocultivo). En tanto, Jorge Mario Pardo Rebolledo es considerado conservador y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena no tiene una tendencia muy definida, aunque ha sido identificado más hacia el lado conservador.

 

Los ministros de esta Sala han resuelto algunos casos muy polémicos. Por ejemplo, ordenaron la liberación inmediata de Israel Arzate, quien en 2010 fue vinculado con el homicidio de 15 estudiantes en Villas de Salvárcar, cerca de Ciudad Juárez, Chihuahua, porque la confesión en la cual Arzate declaraba su participación en los hechos fue obtenida mediante tortura.

 

En este caso, Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votaron por la liberación inmediata de Arzate basados en argumentos a favor de los derechos humanos y apoyados por Amnistía Internacional y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

 

Jorge Mario Pardo Rebolledo y José Ramón Cossío Díaz votaron para que se repusiera el proceso,  debido a las inconsistencias encontradas.

 

Otro caso polémico que también puso al descubierto la división de posturas entre los ministros fue el reconocimiento de que las sociedades de convivencia entre (parejas del mismo sexo) constituyen un modelo de familia y tienen derecho a adoptar, al declarar inconstitucional el artículo 19 de la Ley de Sociedades Civiles de Convivencia de Campeche que prohibía la adopción.

 

En este caso, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena coincidieron en que ese artículo era discriminatorio porque no permitía a las parejas del mismo sexo integrar una familia a través de las sociedades de convivencia; José Ramón Cossío y Jorge Pardo Rebolledo argumentaron que la ley era inválida porque impedía adoptar a las sociedades de convivencia sin importar la preferencia sexual de sus miembros.

 

En el último caso polémico que se le presentó a la Corte, los ministros debían decidir sobre declarar inconstitucionales o no las modificaciones al Código Penal de Tlaxcala que eliminó como causal la alteración genética o congénita del producto para permitir el aborto en esa entidad; los ministros declinaron la discusión después de que el congreso local de la entidad regresó las causales que había eliminado.

 

En ese caso, el presidente de la SCJN Luis María Aguilar Morales insistió en analizar el caso para dejar en claro la invalidez del artículo 243 del Código Penal de Tlaxcala. Los ministros José Fernando Franco González Salas, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar, Juan Silva Meza, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez Dayán votaron porque el análisis era improcedente.

 

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