La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Consejo General del INE por la que aprobó la nueva distritación de Zacatecas, que será utilizada a partir del Proceso Electoral Local 2015-2016.

 

Al resolver la impugnación presentada por Jorge Carlos Ramírez Marín, en representación del Partido Revolucionario Institucional (PRI), los magistrados de la Sala Superior declararon infundados los agravios dado que, contrario a lo que aduce el actor, el acuerdo impugnado no violenta el Artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo de la Constitución Federal.

 

Lo anterior, porque se considera en esencia que el citado precepto constitucional no es aplicable dado que el acuerdo impugnado es un acto formal y materialmente administrativo de carácter instrumental.

 

Sobre el cumplimiento de la atribución constitucional conferida al Instituto Nacional Electoral (INE) concerniente a la geografía electoral tanto para los procesos electorales federal como locales.

 

Los magistrados señalaron que aunado a ello, el acuerdo fue emitido previo al inicio de la jornada electoral local.