El Instituto Nacional de Migración (INM) deberá dar a conocer el número de migrantes extranjeros fallecidos en territorio mexicano, entre 1995 y 2012, así como su sexo y nacionalidad, resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

 

La resolución del órgano en transparencia se da luego que el INM señaló que la información solicitada por un particular no se encuentra en sus archivos, y remitió la petición a la Procuraduría General de la República (PGR).

 

El particular presentó un recurso de revisión ante la respuesta negativa del IFAi, que tras el análisis del caso, resolvió que el INM debe contar con estadísticas en sus archivos, toda vez que es la instancia encargada de hacer las gestiones necesarias para identificar los cuerpos de migrantes, conocer su situación migratoria y repatriarlos.

 

En alegatos, el INM manifestó que no es competente para conocer la información requerida e indicó que la facultad es de las autoridades de los gobiernos de otros países, quienes, con las representaciones consulares acreditadas en México, se encargan de la identificación y repatriación de cadáveres de migrantes.

 

Sin embargo el IFAi respondió que el INM “coadyuva e informa a las instancias de seguridad nacional, sobre la operación de tareas de inteligencia en la investigación, prevención y combate a las actividades ilegales contra los migrantes”.

 

Además mediante boletines de prensa ha dado a conocer las cifras de migrantes asesinados por el crimen organizado, ha implementado, junto con la PGR, acciones para lograr la captura de los homicidas de los indocumentados.

 

Por lo anterior, se instruyó al INM a hacer una búsqueda exhaustiva de la información en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de que informe sobre el número de extranjeros indocumentados, que fallecieron en territorio mexicano entre 1995 y 2012, desglosado por sexo y nacionalidad.

 

En dicha búsqueda no podrá omitir a la Oficina del Comisionado, a la Unidad de Operación, a la Dirección General de Control y Verificación Migratoria, a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a la Dirección General Jurídica, de Derechos Humanos y Transparencia y a las Delegaciones Federales, todas unidades competentes a las que no les fue turnada la solicitud.