Estos son algunos fragmentos a destacar, del discurso del presidente de México, Enrique Peña Nieto, en torno a la reforma energética:

 

            Este día (12 de agosto de 2013), estaré enviando al Senado de la República una Iniciativa de Reforma a los Artículos 27 y 28 de la Constitución, que confirma la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos y permite al país aprovechar sus abundantes recursos energéticos bajo la estricta rectoría del Estado. 

 

Esto ya lo logró el país alguna vez, cuando el Presidente Lázaro Cárdenas emprendió tres acciones decisivas para el desarrollo nacional: decretar la Expropiación Petrolera, crear Petróleos Mexicanos y reformar el Artículo 27 de la Constitución. 

  

Hace precisamente 75 años, el 18 de marzo de 1938, el entonces Presidente Lázaro Cárdenas anunció al pueblo de México la expropiación de los bienes de las compañías petroleras.

 

(18 de marzo de 1938 Decreto de Expropiación Petrolera Artículo 1. Se declaran expropiados por causa de utilidad pública y a favor de la Nación, la maquinaria, instalaciones, edificios, oleoductos, refinerías, tanques de almacenamiento, vías de comunicación, carrostanque, estaciones de distribución, embarcaciones y todos los demás bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Compañía Mexicana de Petróleo El Águila, S.A., Compañía Naviera de San Cristóbal, S.A., Compañía Naviera San Ricardo, S.A., Huasteca Petroleum Company, Sinclair Pierce Oil Company, Mexican Sinclair Petroleum Corporation, Stanford y Compañía, S. en C. Penn Mex Fuel Company, Richmond Petroleum Company de Mexico, California Standard Oil Company of Mexico, Compañía Petrolera el Agwi, S.A., Compañía de Gas y Combustible Imperio, Consolidated Oil Company of Mexico, Compañía Mexicana de Vapores San Antonio, S.A., Sabalo Transportation Company, Clarita, S.A. y Cacalilao, S.A., en cuanto sean necesarios, a juicio de la Secretaría de la Economía Nacional para el descubrimiento, captación, conducción, almacenamiento, refinación, y distribución de los productos de la industria petrolera.)

 

            Tan sólo dos meses y medio después de esta decisión emblemática, el Presidente Lázaro Cárdenas creó Petróleos Mexicanos, organismo público que aceleraría el desarrollo del país.

 

(20 de julio de 1938 Decreto de creación de Petróleos Mexicanos. El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: Artículo 1. Se crea una institución pública que se denominará “Petróleos Mexicanos”. Artículo 2. El objeto de la organización a que se contrae el  artículo anterior será encargarse del manejo de los bienes muebles  e inmuebles que por Decreto de 18 de marzo último, se expropiaron  a diversas empresas petroleras. Transitorios: Artículo 1.  La corporación “Petróleos Mexicanos”  que por el presente Decreto se crea, se encargará de continuar las operaciones de la industria petrolera.)

 

            Para consolidar estos avances, también entonces impulsó una reforma al Artículo 27 Constitucional. Con ella se prohibieron las concesiones y se otorgó al Estado el derecho exclusivo de explotar el petróleo.

 

ARTICULO 27. DICE: Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrogeno solidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgaran concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevara a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgaran concesiones a los particulares y la Nación aprovechara los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

 

PROPUESTA: No se otorgarán concesiones ni contratos respecto de minerales radioactivos (…) Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos no se expedirán concesiones y la Ley Reglamentaria respectiva determinará la forma en que la Nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos. Corresponde exclusivamente a la Nación el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en dichas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que podrán participar.

 

            A partir de ese texto constitucional se permitía que el Estado celebrara contratos con particulares, y de esta manera aseguraba la producción de hidrocarburos bajo la rectoría gubernamental.

 

            Fue hasta inicio de los años 60 cuando una enmienda a la Constitución prohibió la celebración de contratos con empresas privadas, y reservó todas las actividades de la industria petrolera a Pemex.

 

            Debido a esta determinación, Petróleos Mexicanos quedó obligado a hacerse cargo en su totalidad de la exploración, extracción, refinación, almacenamiento y distribución de hidrocarburos.

 

            Conforme los generosos yacimientos se han ido agotando, y no obstante las multimillonarias inversiones que realiza Pemex cada año, nuestra producción ha decaído sustancialmente.

 

            Contamos con vastos recursos que se encuentran en yacimientos no convencionales; es decir, en aguas profundas, en formaciones de lutitas, de donde se puede extraer petróleo y Gas Shale, como se conoce comúnmente. 

 

Con esos recursos energéticos que antes eran técnica y económicamente inviables, está la nueva oportunidad de nuestro país. Para aprovecharla se requiere de tecnologías de vanguardia, conocimientos especializados, pero, sobre todo, se necesita una Reforma Energética de fondo.

 

            Hoy, 75 años después de la Expropiación Petrolera, el país exige la misma decisión y determinación de aquel entonces.

 

            En materia de petróleo y demás hidrocarburos, la reforma incluye cinco elementos fundamentales.

 

            El primero. Es que retoma, palabra por palabra, el texto del Artículo 27 Constitucional del Presidente Lázaro Cárdenas.

 

            Esto permitirá al Gobierno de la República celebrar contratos de utilidad compartida con el sector privado cuando así convenga al interés nacional y, con ello, generar energía más barata para todas las familias mexicanas.

 

La reforma no impulsa o considera contratos de producción compartida. Lo que busca es facultar al Estado para celebrar Contratos de Utilidad Compartida que permitan a la Nación mantener el control absoluto sobre el petróleo.

 

(UTILIDAD COMPARTIDA Ecuador, Bolivia e Irán son los únicos países del mundo que han optado por los “contratos de utilidad compartida” para la inversión privada en el sector privado, afirmó Enrique Ochoa, subsecretario de Hidrocarburos. Esos acuerdos establecen que el sector privado corre con los riesgos de inversión y del proyecto en general, contribuye con talento tecnológico y humano, mientras que el Estado decide qué porcentaje de la utilidad le toca al inversionista. Otras naciones como Irak y Malasia permiten esa fórmula, pero la combinan con contratos de producción compartida, mientras Chile y Angola lo hacen con las concesiones. Pemex sólo tiene contratos de servicios en diferentes etapas de la cadena de producción, y los riesgos los corre exclusivamente la estatal. Brasil, Colombia y Noruega, tienen esquemas de participación de terceros en actividades de transformación y transporte, lo cual ha permitido a los consumidores de esos países tener una oferta cada vez mayor de combustibles e insumos para sus actividades.)

 

Con los Contratos de Utilidad Compartida el país se mantiene como el único dueño de las reservas petroleras, de la renta petrolera y de la gran empresa que es Petróleos Mexicanos.

 

El Segundo elemento.  Consiste en un nuevo régimen fiscal para Petróleos Mexicanos. En la Iniciativa de Reforma Hacendaria que presentaré en el mes de septiembre, se propondrá un nuevo esquema de contribuciones para Pemex, que será plenamente  competitivo conforme a estándares internacionales. 

 

(RÉGIMEN FISCALLa reforma energética busca también dar un nuevo régimen fiscal para Petróleos Mexicanos, pero habrá que esperar la presentación de reforma hacendaria para conocer los detalles, afirmó el presidente Enrique Peña Nieto. “En la iniciativa de reforma hacendaria que presentaré en el mes de septiembre se propondrá un nuevo esquema de contribuciones para Pemex que será plenamente competitivo con los estándares internacionales. Con este nuevo régimen fiscal, el Estado mexicano actuará como dueño de la riqueza petrolera con visión de largo plazo y no como un recaudador con necesidades de corto  plazo”, aseguró el mandatario.)

 

En esencia, con este nuevo régimen fiscal el Estado mexicano actuará como dueño de la riqueza petrolera, con visión de largo plazo y no como un recaudador con necesidades de corto plazo.

 

El tercer elemento  es la reestructura de Pemex.  Los retos globales exigen la reorganización de sus subsidiarias en dos divisiones:

 

La primera. Exploración y producción. Estará  enfocada a la extracción de petróleo y gas.

 

La segunda. Transformación industrial. Se dedicará al procesamiento del petróleo y del gas en combustibles, petrolíferos y petroquímicos.

 

En su conjunto, Pemex también tendrá  mayor autonomía de gestión y un gobierno corporativo eficaz y moderno.

 

El cuarto elemento. Se refiere a mejorar las condiciones de transparencia y rendición de cuentas de Petróleos Mexicanos. A partir de la reforma se adoptarán las mejores prácticas de transparencia respecto a las obras, las adquisiciones y los Contratos de Utilidad Compartida con particulares que eventualmente realice Pemex.

 

Asimismo, los mexicanos contarán con un adecuado acceso a la información sobre el estado y administración del patrimonio energético nacional.

 

Y, finalmente, el quinto elemento. Consiste en establecer reglas de contenido nacional en las compras y proyectos de infraestructura de Pemex. El objetivo es utilizar el gran poder de compra del sector energético como palanca de desarrollo de la nueva política industrial mexicana.

 

ARTICULO 28 DICE: No constituirán monopolios las funciones que el estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y losdemás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del articulo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.

 

PROPUESTA: No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia. Tratándose de electricidad, petróleo y demás hidrocarburos, se estará a lo dispuesto por el artículo 27 párrafo sexto de esta Constitución.