La Segunda Sala de la SCJN invalidó un acuerdo legislativo de 2011 por el cual se ordenaba aumentar de 80 a 105 metros la altura de la cortina de la presa El Zapotillo en Jalisco, sin embargo, la obra seguirá su curso normal.

 

La controversia constitucional fue interpuesta por el Congreso de Jalisco en contra del Ejecutivo de Jalisco, así como de Guanajuato. La sala de la SCJN ordenó revocar el acuerdo promulgado por el Ejecutivo local, ya que se omitió someterlo a discusión ante el pleno del Congreso local de Jalisco.

 

A través de la controversia 93/2012 se impugnó el convenio de coordinación firmado entre la Federación y ambos estados el 16 de octubre de 2007, por el cual, a petición del entonces gobernador jalisciense Emilio González Márquez, el tamaño de la cortina de El Zapotillo se ampliaría de los 80 metros originales a 105 metros, lo que provocaría la inundación de Temacapulín.

 

Ayer la Corte, avaló dicha controversia, y declaró inconstitucional el decreto por el cual se modificó el acuerdo inicial sobre las características de la obra.

 

Pobladores del municipio de Cañadas de Obregón se oponían a la obra que inundaría los poblados de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

 

En marzo pasado, por unanimidad, la Segunda Sala desechó una primera controversia constitucional, la 93/2012, presentada por el referido municipio en contra de la construcción de la presa.

 

El 20 de julio de 2012, Cañadas de Obregón interpuso ante la SCJN la controversia constitucional contra el gobierno federal, la Comisión Nacional del Agua y el gobierno de Jalisco por violaciones al artículo 115 constitucional, la Ley General de Asentamientos Humanos y la Ley de Gobierno y de la Administración Pública de Jalisco, la cual fue desechada.

 

Posteriormente el Poder Legislativo del estado interpuso otra controversia, pero no para detener la obra, sino por la modificaciones en la altura de la presa.

 

El poder legislativo se negó a aceptar normas que afecten los derechos adquiridos por Jalisco el 17 de noviembre de 1997, cuando se hizo la declaratoria de reserva de las aguas nacionales superficiales del Río Verde. A  través de este documento se otorgan 372 millones de metros cúbicos de agua cada año para que Jalisco los destine a usos doméstico y público urbano, y 12 millones 600 mil metros cúbicos para actividades pecuarias.