El Congreso local de Puebla, derogó este jueves de su Código Penal el atenuante de “emoción violenta”, que reducía la condena cuando un homicidio se producía por motivos de adulterio.

 

Con esta reforma se unifica el marco legal para que todos los homicidios se juzguen de la misma manera, indicó el diputado que presentó esta iniciativa, Mario Riestra Piña, quien añadió que estos crímenes se perpetran la mayoría de las veces en contra de mujeres.

 

Hasta ahora, la “emoción violenta” era un atenuante del homicidio porque se entendía que la comisión del delito se debía “a una alteración psíquica violenta, segundos después del hecho” (de la infidelidad).

 

El texto suprimido decía que “se impondrá sanción de ocho días a seis años de prisión al que en estado de emoción violenta prive a otro de la vida o lo lesione, en circunstancias que atenúen su culpabilidad”, y citaba entre estas “que se sorprenda al cónyuge en el acto carnal con otra persona o en un estado cercano a este”.

 

Riestra señaló que este atenuante ha sido utilizado con frecuencia por los hombres para amenazar a sus parejas con hacerles daño para luego argumentar infidelidad y reducir su condena.

Con esta reforma, el atenuante de “emoción violenta” ya solo existe en los estados de Zacatecas y Baja California.