Cablevisión, una filial de Televisa, fue obligada por un tribunal federal a eliminar dos cláusulas de sus contratos firmados por los clientes, ya que son abusivas e imponen penalizaciones excesivas a los consumidores.

 

Estas cláusulas obligaban a los usuarios a pagar dos meses de servicios si se daba por terminado el contrato y pedían que en caso de alguna falla en la señal fuera comunicada a la Cofetel.

 

Manuel Suárez Fragoso, magistrado del Tercer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa, advirtió que las cláusulas octava y décima segunda son desproporcionadas, abusivas, inequitativas y no tiene justificación alguna, por más que sean defendidas por Cablevisión.

 

Con la decisión adoptada por el juez queda parcialmente fundada una acción colectiva promovida en 2011 por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), al revocar una sentencia de primera instancia que había declarado extemporánea la demanda contra la subsidiaria de Televisa.

 

Según el fallo del Tercer Tribunal, la disposición octava, la cablera dice que puede dar por terminado el contrato sin consecuencia alguna, pero penaliza con el pago de dos meses de servicio al suscriptor que pretenda dicha terminación antes de cumplir el plazo forzoso.

 

A su vez, la cláusula a décima segunda expone que el suscriptor deberá reportar cualquier falla o deficiencia que de manera permanente se presente en la recepción de la señal ante la Comisión Federal de Telecomunicaciones, un organismo encargado de vigilar a las televisoras, cableras, telefónicas y radiodifusoras.

 

En enero de 2013, 24 HORAS informó que Sky, también filial de Televisa, viola derechos de los consumidores en sus contratos de adhesión.

 

La sentencia emitida por el juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil del Distrito Federal, el pasado 7 de enero de 2013, es la primera de su tipo en contra de un prestador de servicios de televisión de paga en el mercado mexicano.

 

Cablevisión es uno de los operadores digitales en servicios de telecomunicación por cable más grande de México. La empresa ofrece servicios de televisión digital por cable, internet de alta velocidad, telefonía Digital, así como servicios de telefonía local, de larga distancia.

 

Fragoso agregó que la sanción administrativa que pudiese imponer la autoridad administrativa correspondiente, es independiente a la seguridad a la que los consumidores tienen derecho al haber contratado por un servicio que no debe ser prestado en condiciones abusivas, inequitativas y desproporcionadas.