El presidente Enrique Peña Nieto promulgó ayer la nueva Ley de Amparo, que entre otras cosas contempla que los derechos humanos previstos en los tratados internacionales sean objeto de protección directa.

 

En Palacio Nacional, aseguró que le anterior normativa ya estaba rebasada. “Este es el espíritu detrás de la expedición de la nueva Ley de Amparo, que al colocar al ser humano y sus derechos como causa y fin, da un nuevo aliento a una de las más destacadas aportaciones mexicanas al mundo jurídico”.

 

Peña apuntó que modificar la legislación sobre amparo era prerrogativa del Poder Ejecutivo; no obstante, aseguró que la legislación resultante “es un mérito de todo el Estado mexicano”. De hecho, a la presentación de la nueva ley —reglamentaria de los artículos 1, 103 y 107 de la Constitución— acudieron Juan Silva Meza, ministro presidente de la Suprema Corte; el panista Ernesto Cordero, presidente de la mesa directiva del Senado; el priista Francisco Arroyo, presidente de la Cámara de Diputados; Miguel Osorio Chong, secretario de Gobernación, y el procurador Jesús Murillo Karam.

 

Entre las modificaciones que incorpora la ley se encuentra el hecho de que el juicio de amparo procederá en contra de normas generales, actos y omisiones, por parte de los poderes públicos o de particulares en funciones equivalentes a las de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales. Además, se otorga la calidad de parte agraviada a quien tenga un interés legítimo, no necesariamente jurídico, siempre que la norma, acto y omisión reclamados violen sus derechos humanos.

 

Asimismo, se dota de efectos generales a las sentencias de amparo que culminen en la declaratoria de inconstitucionalidad en la norma general, por parte de la Suprema Corte. En materia de suspensión del acto reclamado, se obliga al órgano jurisdiccional a hacer un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y la no afectación del interés nacional, con el propósito de que no se otorguen suspensiones que causen más perjuicios sociales, que beneficios para el quejoso.

 

Adicionalmente, se establece la obligación de los tribunales de fijar en las sentencias de amparo directo los términos precisos en que deberá pronunciarse la nueva resolución. Las promociones ya podrán efectuarse en línea, mediante el uso de la firma electrónica, lo que reducirá tiempos y costos en el acceso y administración de la justicia.

 

“Otra innovación que fortalece la eficacia y, sobre todo, la adecuada interacción entre los poderes, es que se otorga la facultad excepcional al Ejecutivo y Legislativo Federales para solicitar a la Suprema Corte de Justicia la resolución prioritaria de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparos, cuando se justifique la urgencia por interés social o para mantener el orden público”, dijo Peña.

 

En ese sentido, el presidente de la Suprema Corte, Juan Silva, consideró que la normativa “ahora instaura instituciones jurídicas impensables hace apenas unos cuantos años”, y que contiene el esquema para armonizar el sistema constitucional. Aseguró que “la ley de Amparo no es una ley más, sino el motor que permite que toda la Judicatura Federal entre en actividad, que propicia que los juzgadores Federales del país realicemos las funciones que tenemos encomendadas”.

 

En tanto, el senador Ernesto Cordero aseguró que “con el amparo (que existe en México desde hace 172 años), México aportó al mundo una herramienta para que los ciudadanos pudieran defenderse del abuso de sus gobernantes”. Por su parte, el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Francisco Arroyo Vieyra, dijo que en la nueva legislación de amparo se amplían los márgenes de la legitimidad jurídica; se visualizan los amparos colectivos, y se modernizan las herramientas para que, inclusive, los medios electrónicos de comunicación estén a su servicio.

 

FRASES

 

En México, los derechos humanos previstos en los tratados internacionales serán objeto de protección directa y se otorga la calidad de parte agraviada a quien tenga un interés legítimo, no necesariamente jurídico, siempre que la norma, acto y omisión reclamados violen sus derechos humanos

 

Enrique Peña Nieto

Presidente de México

 

La ley de Amparo no es una ley más, sino el motor que permite que toda la Judicatura Federal entre en actividad, que propicia que los juzgadores federales del país realicemos las funciones que tenemos encomendadas

 

Juan Silva Meza

Presidente de la SCJN