GINEBRA. El relator especial de la ONU sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez, afirmó que negar los servicios reales, así como las sanciones o represalias a mujeres por un aborto legal podría equivaler a tortura.

 

“Los Estados cuya legislación nacional autorice los abortos en diversas circunstancias deberán velar por la disponibilidad real de los servicios sin consecuencias adversas para la mujer o el profesional de la salud”, subrayó Méndez.

 

Al presentar su informe anual ante el Consejo de Derechos Humanos, el experto instó a todos los Estados miembros “a que velen porque las mujeres tengan acceso a la atención médica de emergencia, incluidos los cuidados posteriores al aborto, sin temor a sanciones penales o represalias”.

 

Según el informe, los órganos internacionales y regionales de derechos humanos han empezado a reconocer que los malos tratos infligidos a mujeres que solicitan servicios de salud reproductiva “pueden causar enormes y duraderos sufrimientos físicos y emocionales, provocados por motivos de género”.

 

Según Méndez ejemplos de violaciones que pueden constituir tortura o malos tratos son “el maltrato y la humillación en entornos institucionales; las esterilizaciones involuntarias; la denegación del acceso a servicios autorizados de salud como el aborto y la atención post-aborto”.

 

Asimismo “la mutilación genital femenina; las infracciones del secreto médico y de la confidencialidad en entornos de atención de la salud, como las denuncias de mujeres presentadas por personal médico cuando hay pruebas de la realización de abortos ilegales”.

 

Igualmente, según el relator especial de la ONU, podría equivaler a un acto de tortura “intentar hacer confesar a una mujer como condición para que reciba un tratamiento médico que podría salvar su vida después de un aborto”.