El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió la suspensión definitiva a la empresa Altos Hornos de México, en contra de la aplicación del artículo 27 de la Ley de Hidrocarburos que se refiere a los contratos de exploración y extracción de energéticos.

 

El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal informó que como resultado del recurso de revisión del amparo 1762/2014 se concedió la protección de la justicia federal a la empresa privada, quien reclamaba la aplicación de la referida ley y de los artículos transitorios quinto y séptimo, así como todo acto que entrañe la aplicación de la reforma energética.

 

Con ello, las cosas deberán seguir como se encuentran actualmente, para que no se asigne o contrate la explotación y extracción de gas natural dentro de los terrenos cuyas superficies le fueron concesionadas y que estén vigentes los contratos, hasta en tanto se dicte la ejecutoria en el juicio principal, informó el Consejo de la Judicatura Federal.

 

Mediante este juicio de amparo, la empresa logró que no se le aplique el artículo 27 de la Ley de Hidrocarburos, en específico lo relativo a la asignación de contratos y el procedimiento forzado de negociación para determinar indemnizaciones y preparar licitaciones, preservando la exploración y explotación de sustancias minerales en las superficies concesionadas.