Foto: Cuartoscuro Al recibir la solicitud de interrupción de un embarazo producto de una violación sexual, las instituciones públicas de salud deberán brindar la atención médica correspondiente  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo a una menor, de 17 años de edad, quien fue víctima de violación, y por ello tuvo que acudir al Hospital General de Cuernavaca, Morelos, para la interrupción legal de su embarazo; aunque al llegar se negaron a atenderla.

Este miércoles, en la sesión de la Segunda Sala de la Corte determinó que dicha negativa violó los derechos reproductivos de la menor. Por tal motivo, otorgó el amparo, para efectos de que la menor y sus padres sean reconocidos como víctimas.

Alex Méndez Díaz, representante legal del Grupo de Información en Reproducción Elegida, quienes asistieron jurídicamente a las víctimas, explicó que más que una compensación, buscan que se tomen medidas para evitar más casos como este.

“Es una decisión histórica, es la primera vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se pronuncia sobre un caso concreto de negación de acceso al aborto”.

“La importancia es que con este precedente se envía un mensaje claro a todas las autoridades del país que, negar el acceso al aborto por violación u obstaculizar la prestación de este servicio de salud, es una violación a los derechos reproductivos de las mujeres y que en ese sentido, lo que implica es instar a las instituciones para que no obstaculicen ni impongan requisitos que no existen para acceder al aborto por violación”, enfatizó el abogado.

DPC