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Foto: Cuartoscuro. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe aclarar la incidencia de la CNDH en derechos políticos-electorales.  

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló el Segundo informe de violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Por carecer de competencias en materia electoral, el Tribunal Electoral dejó sin efecto el documento elaborado por la CNDH, como lo hizo con su primer informe sobre los actuales comicios.

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El artículo 102 de la Constitución señala que Derechos Humanos no tiene atribuciones en temas electorales; sin embargo, en marzo pasado publicó el Segundo informe de violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia.

Dicho informe ya no se encuentra disponible para consulta, ya que desde el pasado 20 de marzo, la CNDH señaló que acataría las resoluciones del Tribunal Electoral.

“La CNDH no será factor de confusión ni de confrontación entre las y los ciudadanos, y mucho menos ha de abonar a la estrategia de quienes quieren poner en duda la imparcialidad del proceso electoral”, indicó el organismo autónomo.

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Señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene pendiente resolver una controversia constitucional para aclarar la incidencia de la CNDH en derechos políticos-electorales.

Dicho asunto “permitirá aclarar la falsa separación que se quiere hacer entre derechos humanos y derechos político-electorales; esa tendenciosa acotación que atizan algunos juristas, legisladores y candidatos con clara intencionalidad o compromisos partidistas, que pretenden interpretar con criterio regresivo las limitaciones que tiene esta Comisión Nacional en materia electoral”, indicó.