TEPJF rechazó la creación de un cuadernillo auxiliar para condesar las infracciones del presidente AMLO durante las campañas presidenciales
Foto: Cuartoscuro | El objetivo era crear un compendio de sentencias firmes de las salas del Tribunal Electoral y de resoluciones del Consejo General del INE  

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la creación de un cuadernillo auxiliar para condesar las infracciones del presidente Andrés Manuel López Obrador y otros funcionarios durante las campañas presidenciales.

La magistrada Janine Otálora propuso la creación de ese insumo que serviría como parámetro para la calificación de la elección presidencial; sin embargo, su proyecto fue rechazado por la mayoría de sus compañeros.

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El objetivo era crear un compendio de sentencias firmes de las salas del Tribunal Electoral y de resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre violaciones a la equidad y neutralidad de la contienda, uso indebido de recursos públicos, transgresiones a las reglas de fiscalización y comunicación política.

La presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto, argumentó su voto en contra y señaló que no era necesario la creación de ese cuadernillo solo centrado en la elección presidencial e infracciones de López Obrador, pues todas las sentencias, sin la necesidad de dicho insumo, servirán para la calificación de la elección.

Los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes apoyaron la propuesta de la presidenta del TEPJF de solo crear un catálogo de sentencias firmes de las salas del Tribunal Electoral con fines informativos.

Dicha discusión se dio tras el aval de una resolución de la Sala Especializada, en la que se determinó que el Presidente cometió uso indebido de recursos públicos y otras infracciones.

La Sala Superior confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Especializada que determinó la existencia de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda atribuidas al presidente de la República, con motivo de diversas manifestaciones realizadas en el evento denominado 5º aniversario del triunfo democrático del pueblo de México.

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Inconforme con lo anterior, el presidente de la República impugnó al considerar que, en su concepto, la Sala Regional Especializada no fue exhaustiva, incurrió en una indebida fundamentación y motivación, aunado a que no existen pruebas suficientes para tener por acreditadas las infracciones denunciadas.

En sesión pública presencial, la Sala Superior determinó que los elementos de las infracciones se encuentran debidamente acreditados, ya que el mandatario fue el emisor del mensaje y figura central en el evento denunciado, lo que afectó la equidad en la competencia electoral del proceso concurrente 2023-2024 al hacer uso de su cargo para generar un rechazo a otros partidos políticos.

Al respecto, el pleno consideró que el discurso se emitió con fines propagandísticos, cuyo objetivo o finalidad fue la adhesión o aceptación de la ciudadanía respecto de la administración pública federal que encabeza, por lo que no puede ampararse en un ejercicio de libertad de expresión.

EAM