Incremento al aguinaldo
Foto: Especial | La Comisión de Trabajo del Senado aprobó el incremento de días al aguinaldo; pasa a la Comisión de Estudios Legislativos.  

La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó por unanimidad una reforma de ley para duplicar de 15 a 30 días de salario el aguinaldo que reciben los trabajadores en el país; no obstante, falta su aprobación en la Comisión de Estudios Legislativos Segunda y que pase al Pleno.

Los senadores reconocieron que México es uno de los países que tiene de los aguinaldos más bajos con 15 días de salario, cuando en otras naciones de Latinoamérica esta remuneración es de 30 días de salario o del 12% de las remuneraciones obtenidas durante un año laborado.

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Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo, argumentó que es necesario fortalecer las remuneraciones recibidas por los trabajadores en reconocimiento a su trabajo.

Dijo que este aumento busca dignificar los derechos de los trabajadores y beneficiar al sector productivo, así como fortalecer la economía familiar.

“Aprobar esta reforma para duplicar los días de aguinaldo, sería un paso significativo hacia la equidad laboral y el bienestar económico de la población trabajadora mexicana”.

Al respecto, la vicecoordinadora del PAN, Kenia López, dijo que aumentar el aguinaldo para los trabajadores es una decisión humana, incluyente, que dignifica a la persona.

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“Es necesario decir aquí que este esfuerzo, será un esfuerzo que tendrán que hacer no el gobierno, sino los empleadores, no por decreto, ni por dedazo o por levantar la mano, sino todos aquellos que emplean a los mexicanos, los micro, pequeños y grandes empresarios. La realidad es que este avance significativo para que los trabajadores puedan tener el doble de días de aguinaldo, será un esfuerzo que tienen que hacer todas esas personas que luchan contra todo”.

El documento refiere que países como Costa Rica, Bolivia, Perú, China, Uruguay, Paraguay, Brasil, Italia y Hong Kong, el aguinaldo tiene un valor equivalente a por lo menos 30 días o la doceava parte de la remuneración recibida durante un año laboral.