Foto: Especial | a resolución de la Segunda Sala señala que la Federación es la propietaria de ese monumento, por lo que su transmisión al gobierno de la capital del país es legal.  

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional, impulsada por la alcaldía Cuauhtémoc contra la entrega provisional del Ángel de la Independencia que realizó el Gobierno federal a la Ciudad de México, en septiembre pasado.

El proyecto de sentencia fue presentado por la ministra Yasmín Esquivel, y resaltó que dicha alcaldía de la capital del país no puede impugnar el cambio en la posesión del monumento, pues esa decisión no invade alguna de las competencias que le otorga la Constitución federal.

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La resolución señala que este monumento es un inmueble propiedad de la Federación, por tanto, no pertenece a ninguna demarcación de la Ciudad de México.

El proyecto de la ministra Esquivel fue avalado por Luis María Aguilar, Javier Laynez, Lenia Batres y Alberto Pérez Dayán.

Hace unos meses, la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, ordenó la promoción de la controversia constitucional contra la decisión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) por su decisión de entregar la administración y gestión del Ángel de la Independencia al gobierno central.

La resolución de la Segunda Sala señala que la Federación es la propietaria de ese monumento, por lo que su transmisión al gobierno de la capital del país es legal.

En octubre pasado Cuevas prometió que podrían visitar la columna: “van a poder venir y visitar su monumento, el Ángel de la Independencia… les vamos a entregar una ficha y van a poder subir para poder disfrutar la vista de esta hermosa Ciudad de México que va a ser coronada por la alianza en el 2024”.