TEPJF rechazó otras dos quejas para que se investigue el presunto financiamiento ilícito a la campaña de Sheinbaum con recursos de Notimex.
Foto: Cuartoscuro | Se aprobó la extinción de la Agencia de Noticias Notimex  

El Senado de la República aprobó la extinción de la Agencia Mexicana de Noticias Notimex y otorgó un plazo de 80 días naturales, a partir de que se publique el decreto en el Diario Oficial de la Federación, para crear las bases de la liquidación.

El dictamen aprobado establece que, las liquidaciones que, en su caso, reciban las personas trabajadoras, con independencia de su categoría, deben ser calculadas con salario integrado, cuando corresponda, y comprender tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional, veinte días de salario, más la cantidad que resulte por la prima de antigüedad a razón de doce días de salario, ambos por cada año de servicio, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo vigente al momento de liquidación.

Te podría interesar: Piden trabajadores de Notimex al Senado vigilar proceso de liquidación

“Parece paradójico, pero nos revela una vez más que esta Administración tiene una profunda confusión entre lo que es la generación de noticias y la transmisión de información, versus la propaganda y “la mañanera” es simplemente el sustituto de la política interior por una estrategia inteligente y audaz de propaganda en donde solo existen los datos que conviene al gran timonel expresar y reflejar”, declaró la senadora Beatriz Paredes.

De esta manera, el monto total de los pagos que correspondan por concepto de indemnización a las personas trabajadoras debe considerar salarios y prestaciones de conformidad con la ley, el Contrato Colectivo de Trabajo, incluidas, en caso de adeudo, las cantidades vinculadas a la seguridad social, que se deben informar por conducto de las instituciones competentes.

Te podría interesar: Con 259 votos, diputados avalan extinción de Notimex

Además, los salarios y prestaciones deben calcularse a partir del 21 de febrero de 2020 y hasta la fecha que se determine en el convenio de liquidación que al efecto se celebre con cada trabajador, siempre que no los hubieran recibido en dicho periodo

“El plazo de pago de las liquidaciones a favor de las personas trabajadoras no debe ser mayor a sesenta días hábiles, contados a partir de la emisión de las bases”.

Te podría interesar ver:

EAM