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Foto: Archivo | Con ese designio, detalló, podrá nombrar y remover a los titulares de las UAF, con la excepción de las empresas productivas del Estado y de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina  

Con la publicación este lunes del nuevo reglamento interior de la Secretaría de la Función Pública (SFP) Y con motivo de las recientes reformas a Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta dependencia retoma la rectoría de la política general de contrataciones públicas, la coordinación, mediante disposiciones de carácter general, de las Unidades de Administración y Finanzas y la reorganización de los Órganos Internos de Control (OIC).

A través de un comunicado, la SFP explicó que históricamente, como responsable del funcionamiento del Gobierno federal, ha sido la institución facultada para conducir la política de las compras públicas.

“Con estas reformas, retoma la rectoría en la materia, incluyendo las compras consolidadas y contratos marco para la adquisición de bienes, arrendamientos, servicios y obra pública en la Administración Pública Federal (APF)”, indicó.

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La SFP emitirá los ordenamientos para que las dependencias y entidades realicen las contrataciones.
Asimismo, dispondrá las normas para realizar las adquisiciones consolidadas de los bienes y servicios de uso generalizado.

Aclaró que no realizará las compras de la administración pública federal, sino que establecerá el marco para que las instituciones contraten los bienes y servicios que requieran con las mejores condiciones y efectúen las erogaciones con cargo a sus respectivos presupuestos.

También coordinará las Unidades de Administración y Finanzas (UAF), que son las áreas conductoras del gasto al ser las encargadas de la planeación, programación y elaboración de presupuestos, así como de los servicios de tecnologías de la información, recursos humanos, recursos materiales y archivo.

Con ese designio, detalló, podrá nombrar y remover a los titulares de las UAF, con la excepción de las empresas productivas del Estado y de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina.

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Sin embargo, las UAF seguirán dependiendo jerárquica, estructural y presupuestalmente de las instituciones gubernamentales en las que se desempeñen, debido a que éstas determinan las necesidades administrativas para el cumplimiento de sus metas y a que sus titulares son quienes aprueban los programas institucionales y sus anteproyectos de presupuesto de egresos.

En cuanto a la reorganización de los OIC del Poder Ejecutivo la SFP detalló que estos permiten prevenir la materialización de actos de corrupción y dispendios en la salvaguarda de los recursos públicos, al identificar y responder a los riesgos asociados a los procesos presupuestales, de contratación, de información y de documentación, con lo cual contribuyen a asegurar el cumplimiento de las leyes y a rendir cuentas a la ciudadanía.

Explicó que la Constitución establece que los entes públicos federales tendrán un OIC para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas, “las reformas permitirán eficientar ese mandato al tener la posibilidad de que los OIC de la APF se organicen por sector, materia, especialidad, función específica o ente público”.

LDAV