nearshoring
Foto: Freepik / De acuerdo con la justificación expuesta en la iniciativa, se apunta que la actual administración heredó procedimientos jurisdiccionales en los que se reclama el cumplimiento de contratos, concesiones, permisos, etc  

La iniciativa de reforma en materia administrativa, por la cual se fortalece las facultades del Estado sobre particulares con mayores facilidades para cancelar contratos o revocar permisos, se convertiría en un inhibidor del nearshoring, coincidieron especialistas.

TE PUEDE INTERESAR: Iniciativa de reforma administrativa inhibe las inversiones: IMEF

Carlos Hurtado, director del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) planteó que en México las condiciones geopolíticas y comerciales están dadas para aprovechar la llegada de nuevas inversiones al país como efecto del nearshoring, pero propuestas como la enviada por el propio presidente de la República, mandan una señal negativa a los inversionistas.

“Lo que debería de acompañar todo esto son condiciones generales de economía favorables, amigables a la inversión. Y nuestra crítica es que como esa iniciativa relativa a disposiciones en materia administrativa que reforma 23 leyes, básicamente para aumentar la discrecionalidad del Gobierno en la toma de decisiones respecto a sus contratos que tiene con los privados, eso lo que hace es que le quita certidumbre a la inversión. Por eso nos parece que es un anuncio muy desafortunado”, expresó en entrevista.

“Ese anuncio de esa intención es una señal muy negativa para la inversión, cuando deberíamos de estar en el lado contrario diciendo ‘Vengase toda la inversión, aquí son bienvenidos, vamos a generar actividad económica, generar empleo, a contratar más valor agregado nacional en las cadenas de producción’, tratar de integrarlos”, añadió.

José Domingo Figueroa Palacios, presidente nacional del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, puntualizó que entre las modificaciones a las 23 leyes federales que plantea el proyecto enviado al Congreso de la Unión desde finales de marzo pasado, preocupan dos cláusulas en particular: aquella que refiere la posibilidad de una cancelación anticipada de contratos, y la que sugiere que el cálculo de la indemnizaciones quedaría a cargo de las autoridades.

“Todo contrato de concesión tiene dos cláusulas muy importantes que son cuáles son los motivos que se deberían de dar para una cancelación; y segundo, cómo se calcularía el monto de indemnización. En este sentido, modificarse estas dos cláusulas, serían un inhibidor para el financiamiento de los proyectos”, advirtió en conferencia de prensa.

Por ello enfatizó que los proyectos de inversión requieren certidumbre, y las referidas cláusulas no estarían propiciando para que se dé dicha condición.

De acuerdo con la iniciativa de decreto por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia administrativa, se propone incluir la “cláusula exorbitante” en los contratos con la Administración Pública Federal, en la que el Estado puede dar por terminada la relación jurídica de manera anticipada y unilateral cuando así convenga al interés público, general o social.

También se plantea establecer límite a los montos de las indemnizaciones cuando se condene a su pago en procedimientos jurisdiccionales o arbitrales, tanto nacionales como extranjeros.

De acuerdo con la justificación expuesta en la iniciativa, se apunta que la actual administración heredó procedimientos jurisdiccionales en los que se reclama el cumplimiento de contratos, concesiones, permisos, autorizaciones o bienes otorgados de manera ilegal, así como el pago de indemnizaciones desproporcionadas.

Requiere modificaciones

La iniciativa de reforma en materia administrativa como actualmente está planteada, requiere que los legisladores realicen algunas precisiones para disminuir la incertidumbre que genera hacia los inversionistas, consideró Manuel Guadarrama, coordinador de Finanzas Públicas en el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

Y es que, en algunos casos queda abierta la interpretación en torno a las afectaciones al interés público, general o social, mismas que podrían dar paso a que el Estado pueda cancelar contratos o revocar concesiones, permisos, autorizaciones o licencias, cuando así lo determine.

“El diagnóstico que hace la propia administración de su desempeño es correcto, lo que falta adecuar a este diagnóstico es realmente corregir los problemas de fondo y no dar solamente un poder discrecional, exorbitante, aumentado, sin contrapeso a la Administración Pública”, añadió.

“En los contratos administrativos, este poder exorbitante que tiene la Administración Pública para decidir cuándo se termina un contrato, cuándo se rescinde, qué monto se debe de pagar de forma discrecional, sí genera un desincentivo al sector privado porque genera este sentido de incertidumbre jurídica, de falta de protección, de garantías institucionales que hagan posible una conducción conforme a lo que se pacta conforme a los contratos públicos, conforme a las legislación en materia de compras públicas”, agregó.

En ese sentido, enfatizó que cuando la iniciativa salga a discusión en la Cámara de Diputados, se necesitarán hacer las modificaciones pertinentes para eliminar la percepción e incertidumbre jurídica hacia los particulares.

LEG