El TEPJF señaló que los tuits de los legisladores están protegidos por la inviolabilidad parlamentaria.
Foto: Especial / Al discutir un asunto sobre los comicios de Coahuila, se determinó que, como lo marca la Constitución, solo se pueden aplicar las normas vigentes 90 días antes del comienzo del proceso electoral  

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Plan B de la reforma electoral, en su primera parte que entró en vigencia, no puede aplicarse para las elecciones del próximo año en el Estado de México y Coahuila.

Al discutir un asunto sobre los comicios de Coahuila, se determinó que, como lo marca la Constitución, solo se pueden aplicar las normas vigentes 90 días antes del comienzo del proceso electoral.

En el caso de Coahuila y Estados de México, la renovación de las gubernaturas inició en la primera semana de enero y el Plan B, en lo que respecta a los cambios a las leyes General de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, entró en vigencia unos días antes.

“Será imposible aplicarla dado que incumple con este plazo que la Constitución establece, donde las leyes electorales deben publicarse con 90 días de antelación al inicio del proceso electoral”, dijo el magistrado Luis Espíndola.

Respecto a su aplicación para las elecciones de 2024, en la parte sobre la definición de propaganda durante comicios, el magistrado vislumbró su posible inaplicación para la elección de 2024, la cual será la más grande en la historia del país, con comicios presidenciales, legislativos y de gubernaturas.

La razón es que tanto la Sala Superior, cuyas resoluciones en materia electoral se consideran inatacables, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya se pronunciaron sobre la inconstitucionalidad de un decreto de interpretación auténtica de propaganda, el cual prácticamente fue copiado en el llamado Plan B.

“La Sala Superior determinó que dicha interpretación era contraria a la Constitución. La Constitución, las leyes electorales y los mandatos de la superioridad son ejes que definen y definirán la decisión que hoy tomamos y estaremos tomando en casos venideros”, indicó Espíndola.

La primera parte del Plan B modifica los conceptos de propaganda y, amparado en la libertad de expresión, permite la intervención de funcionarios en comicios para fijar posicionamientos o difundir información gubernamental durante el proceso electoral, lo cual estaba prohibido en la norma anterior.

LEG