Los magistrados determinaron que el órgano electoral carece de facultades para reglamentar sobre paridad de género
Foto: Cuartoscuro / Archivo | Los magistrados determinaron que el órgano electoral carece de facultades para reglamentar sobre paridad de género  

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obligaba a los partidos a postular al menos a una mujer, como candidata a las gubernaturas del Estado de México y Coahuila.

Los magistrados determinaron que el órgano electoral carece de facultades para reglamentar sobre paridad de género y para ordenar a los partidos la postulación de un género.

En su sesión de este jueves, indicaron que los partidos tendrán libre decisión de postulación de candidaturas y, en caso de impugnaciones que aleguen falta de paridad, el TEPJF decidirá si la hubo y, en su caso, podrá revocar los registros y ordenar la postulación de una mujer.

Al ejercer su voto de calidad, debido a un empate entre los magistrados, el presidente del tribunal electoral, Reyes Rodríguez, encaminó la decisión a que se debe respetar la autonomía de las legislaciones locales, que tanto en Coahuila como en Edomex, señalan que si se postulan hombres para la elección de 2023, en la de 2029 deberán ser candidatas mujeres.