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Foto: Liliana Estrada / Hasta ahora, sólo existe una iniciativa en la Cámara de Diputados en materia que propone modificar la Ley Federal de Protección al Consumidor  

La falta de una legislación para sancionar abusos en la compra y venta de boletos de espectáculos, ha generado una industria que le permite a los revendedores encarecer los costos de manera discrecional.

El estudio titulado La venta y reventa de boletos de espectáculos en México, elaborado por la investigadora del Instituto Belisario Domínguez, Lorena Vázquez Correa, señala que en la actualidad hay un vacío legal e institucional para la protección de los derechos de las personas consumidoras de eventos de espectáculos frente a los abusos de algunas empresas.

Hasta ahora, sólo existe una iniciativa en la Cámara de Diputados en materia que propone modificar la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer medidas contra el abuso por parte de empresas que comercializan boletos a través de medios electrónicos y digitales, la cual fue presentada en agosto de 2022 por el diputado del PT, Leobardo Alcántara y está pendiente de dictaminación.

Actualmente, en la Ley Federal de Competencia Económica no se hace referencia explícita al sistema de venta/reventa de boletería, mientras que la figura del “beneficio de dispensa” ha contribuido a que las principales plataformas de venta de boletos queden exentas de cualquier tipo de sanción o multa por causa de prácticas monopólicas.

Asimismo, la Ley Federal de Protección al Consumidor no regula cuestiones como la variación del precio por parte de los intermediarios a través de plataformas legalmente reconocidas, además de que la reventa en medios electrónicos y digitales tampoco se encuentra tipificada en el Código Penal Federal.

De esa manera, la investigadora destaca la importancia de tener un marco legal adecuado a las circunstancias actuales, que abarque la regulación de la reventa legal de boletos “para que las nuevas plataformas que operan en el mercado secundario no puedan lucrar a expensas de los derechos de las personas consumidoras”.

LEG