Foto: Cuartoscuro | ¿Cómo tramitar la devolución de impuestos por el SAT?
Foto: Cuartoscuro | ¿Cómo tramitar la devolución de impuestos por el SAT?  

Si durante el cálculo de los impuestos de un ejercicio fiscal, un contribuyente –ya sea persona física o moral– resulta que pagó más de lo que debía, puede solicitar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la devolución de sus excedentes.

La devolución de impuestos es un derecho que tienen los contribuyentes.

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“Se trata de la posibilidad de obtener de regreso los montos que se hayan pagado de forma indebida, así como también el saldo a favor que haya resultado de la declaración de impuestos en el ejercicio fiscal”, explica BBVA México.

Para solicitar la devolución de cantidades a favor, ya sea por ISR, IVA, IEPS u otros impuestos, el contribuyente tiene hasta cinco años después a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración correspondiente, o se haya realizado el pago de lo indebido.

El trámite es gratuito y se puede efectuar mediante la modalidad en línea o presencial.

Para solicitar la devolución del impuesto en línea, el contribuyente debe de ingresar a la página electrónica del SAT (https://www.sat.gob.mx/home). Posteriormente, desplegar el menú “Devoluciones y compensaciones” ubicada en la barra horizontal de servicios y seleccionar la opción “Solicita tu devolución”.

Inmediatamente, se redireccionará a la página para ingresar al sistema, en el que se tiene que proporcionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseña y la firma electrónica (e.firma).

Después, el contribuyente tendrá que llenar los datos solicitados en el formato electrónico, así como ingresar los archivos con los documentos del trámite escaneados.

Una vez que se firma y envía el trámite (con el apoyo de la firma electrónica), se debe de guardar o imprimir el acuse de recibo electrónico.

El contribuyente tiene que dar seguimiento el trámite de devolución en el contenido relacionado “Consulta tu devolución automática”

De acuerdo con la autoridad tributaria, las devoluciones deberán de efectuarse dentro del plazo de los 40 días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud de reintegración de los montos ante el SAT.

Para acudir de manera presencial, se requiere agendar una cita al SAT que te corresponda y acudir con la documentación del trámite.

El personal de la autoridad fiscal se encargará de atender el trámite. “Recibe y conserva la forma oficial sellada como acuse de recibo”, recomienda el SAT.

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Recomendaciones para la devolución

Antes de iniciar se recomienda que los contribuyentes cuenten con algunos requisitos indispensables para proceder con el trámite.

  • El contribuyente debe contar con su firma electrónica vigente.
  • Preparar la información que se vaya a anexar a la solicitud de devolución en formato ZIP (no más de 4 MB de tamaño).
  • Tener presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo que se trate, cuando solicites devoluciones de IVA.
  • Tener el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando los anexos correspondientes conforme al impuesto que se solicita.

GR