Avalan multa a organización que entregó formatos de apoyo con información de personas fallecidas
Foto: Cuartoscuro / archivo / La sentencia de la Corte aclara que no todas las decisiones son susceptibles de impugnarse ante el TEPJF, sino, solo las que trastoquen los derechos político-electorales  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pueda tener incidencia en la organización interna del Congreso de la Unión.

Durante la sesión de ayer, declaró inválida la reforma a una parte del artículo 10, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con la cual se indicaba que prevalecía la división de poderes, y el tribunal electoral no podía hacer ordenamientos al Legislativo.

Dicho cambio fue impulsado por las fracciones de Morena, PT, PVEM y PRI, y la Corte lo declaró invalido tras un recurso de inconstitucionalidad promovido por Movimiento Ciudadano, ya que el Congreso ha desacatado al menos tres ordenamientos del TEPJF para incluir a ese partido en la Comisión Permanente.

La sentencia de la Corte aclara que no todas las decisiones son susceptibles de impugnarse ante el TEPJF, sino, solo las que trastoquen los derechos político-electorales de las personas.

El proyecto fue elaborado por el ministro Luis María Aguilar y fue aprobado por mayoría, con el voto en contra de la ministra Yasmín Esquivel.

“El Poder Legislativo siempre estará obligado a cumplir con el contenido general de la Constitución, así como sus disposiciones orgánicas y los principios que sustentan a estas últimas”, señaló el ministro ponente.

La SCJN precisó que, si bien no todos los actos intraparlamentarios son impugnables, la norma resulta inconstitucional, pues “entraña una barrera absoluta y sobreinclusiva que impide a los legisladores acceder a una tutela jurisdiccional efectiva”.

Con dicha determinación, el Congreso de la Unión deberá asegurar que en la próxima integración de la Comisión Permanente se incluyan a todas las fracciones parlamentarias de forma igualitaria.

 

LEG