Recientemente, la Secretaría de Economía recibió la solicitud para el inicio de consultas por parte del Gobierno de Estados Unidos en relación con la nueva política energética mexicana, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El motivo: posibles violaciones al Tratado por parte del Gobierno mexicano, a raíz de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica publicadas el 9 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, específicamente aquellas que establecen que el Centro Nacional de Control de Energía debe dar prioridad a las empresas del estado (PEMEX y CFE) en el uso de la Red Nacional de Transmisión y las redes generales de distribución de energía.

La postura del Gobierno federal es que las reformas no contravienen lo establecido en el T-MEC, tanto porque el sector energético no está expresamente incluido en el acuerdo como por el contenido del capítulo 8 sobre el reconocimiento del dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de nuestro país sobre los hidrocarburos, en el cual se estipula textualmente que “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y su legislación interna”.

Ante esta situación, las voces del conservadurismo no se hicieron esperar. Como les es característico, recriminaron la reforma y la política energética del Gobierno de México en su totalidad, afirmando que mejor habría sido no aprobar la iniciativa en primer lugar, ignorando que las consultas son un medio de solución de controversias que busca evitar afectaciones desfavorables para cualquiera de las partes, y que no se trata de un mecanismo de castigo que por sí mismo afecte la certidumbre a la inversión extranjera.

Lo que no se dice es que antes de esta reforma la CFE se encontraba excluida de los beneficios de los Certificados de Energías Limpias a centrales eléctricas, por un criterio temporal para otorgarlos, pese a generar mayor porcentaje de este tipo de energía, en comparación con las empresas extranjeras en nuestro territorio. Esa desventaja generaba un desequilibrio competitivo que se pretende solventar; además, la prelación en el suministro energético busca garantizar la seguridad energética del país como un tema de seguridad nacional.

Para quienes acusan que los cambios legislativos podrían constituir una expropiación indirecta, por considerarlos actos de gobierno que reducen el valor de una inversión, resulta importante precisar dos aspectos: por una parte, que los daños a la inversión deben ser demostrados mediante una investigación factual y no sólo percibidos; y por otra, que, suponiendo que la expropiación indirecta fuera comprobada, encuadraría en los casos de excepción por utilidad pública y debido proceso que se establecen en el Tratado.

En los próximos días se celebrarán las consultas y es muy probable que la diplomacia nos permita resolver este conato de conflicto de manera rápida y mutuamente satisfactoria, sin que se afecten las inversiones extranjeras ni se vulnere la soberanía mexicana. El Senado de la República seguirá muy de cerca este proceso, como parte de su facultad exclusiva para analizar la política exterior.

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