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Foto: Cuartoscuro | El servicio de Sistema de Administración Tributaria (SAT) destaca que el periodo termina el 31 de julio de este año.  

Si hiciste tu declaración anual y tuviste saldo a favor, aquí te dejamos los requisitos del SAT para solicitar tu devolución.

De entrada el servicio de Sistema de Administración Tributaria (SAT) destaca que el periodo termina el 31 de julio de este año.

Las personas físicas (cualquier persona que se dedica a una actividad económica) pueden solicitar está devolución.

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Pero el SAT establece una serie de salvedades para solicitar la devolución:

No haber solicitado devoluciones de las declaraciones anuales de años anteriores.

La declaración anual correspondiente 2021 debe presentarse antes del 31 de julio de 2022.

Durante el periodo de la declaración anual el RFC debe estar activo y vinculado a su domicilio fiscal registrado.

No haber solicitado la devolución por medio del Formato Electrónico de Devoluciones (FED), pues corresponde a los saldos mayores a 150 mil pesos.

Sí la declaración anual presenta la opción de compensación, o bien, haber puesto la opción compensación pero no cuenta con impuestos a cargo para compensar, se podrá modificar en una declaración complementaria hasta el 31 de julio.

Y los requisitos son:

El saldo a favor no debe superar los 150 mil pesos.

Haber presentado su declaración anual antes de abril, -y en caso de haberlo hecho de manera electrónica- con la opción de devolución.

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Al enviar su declaración de forma electrónica, ya sea con contraseña o firma electrónica (e.firma). El mismo SAT establece que este criterio también es excluyente, al decir:

Presenten la declaración mediante Contraseña, estando obligados a presentarla con firma electrónica (e.firma).

Tener cuenta CLABE capturada en el portal del SAT la cual deberá estar con el nombre del solicitante para el deposito de la devolución.

LEO