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Foto: Cuartoscuro / archivo / La Suprema Corte estableció la facultad de distribuir el gasto público es exclusiva de la Cámara Diputados, conforme al artículo 74, fracción IV, de la Constitución  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el titular del Poder Ejecutivo decida a discrecionalidad el destino de los recursos ahorrados por el Gobierno federal.

Por mayoría de 9 votos, la Corte invalidó el párrafo segundo del artículo 61, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el cual daba poder al Presidente para que por decreto enviará los ahorros del país a las áreas que considerara pertinentes.

La Suprema Corte estableció la facultad de distribuir el gasto público es exclusiva de la Cámara Diputados, conforme al artículo 74, fracción IV, de la Constitución.

CRITICA ELIMINACIÓN DE CANDADO

En otro tema, desde La Mañanera, el Presidente calificó como una aberración la eliminación, por parte de la SCJN, del candado de 10 años para que exfuncionarios se incorporen a la iniciativa privada.

“Es una aberración ¿cómo es posible que se regrese a lo de antes? ¡bueno! la vergüenza nacional”.

“¿Cómo es que ahora la Corte nos corrige la plana? porque en nuestra Ley de Austeridad se estableció que un alto funcionario público no podía irse a trabajar a una empresa relacionada con su labor anterior (…) así está el Banco de México”.

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