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Foto: Cuartoscuro / archivo / Las publicaciones de los gobernadores, según el INE, no son informativas ni están las excepciones constitucionales sobre salud y protección civil  

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró que 12 gobernadores de Morena y uno del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) transgredieron la veda por la consulta de revocación de mandato, por lo que les ordenaron bajar 48 publicaciones de sus redes sociales en las cuales se publicitan logros de Gobierno.

Respecto a la queja, la mayoría de las publicaciones, al menos 11 corresponden al gobernador de San Luis Potosí, ; la Jefa de gobierno de la CDMX publicó 10; el gobernador de Chiapas publicó 7; los mandatarios de Sinaloa y de Sonora publicaron cuatro respectivamente; otras tres son de la gobernadora de Baja California; con 2 se encuentran Baja California Sur y Veracruz; y con una Guerrero, Morelos, Nayarit y Zacatecas.

En la víspera, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la inaplicabilidad del decreto que permitía a los funcionarios publicitar logros y acciones durante el proceso de revocación de mandato.

Las publicaciones de los gobernadores, según el INE, no son informativas ni están las excepciones constitucionales sobre salud y protección civil, sino que son una “difusión expresa de logros y acciones del gobierno a su cargo.

“Por esa razón se ordena a los responsables que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, eliminen las publicaciones denunciadas e informen del cumplimiento de la medida cautelar dentro de las 6 horas siguientes a que ello ocurra”.

Va por México pide suspender la propaganda

Por: 24 HORAS

La coalición Va por México formada por los Partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad para suspender la aplicación del Decreto que facultó a los servidores públicos para compartir propaganda gubernamental.

Expresaron que buscan que la participación de la ciudadanía sea imparcial y objetiva.

Recalcaron que la Constitución faculta de manera exclusiva al Instituto Nacional Electoral (INE) y a los organismos públicos locales, para promover y promocionar la consulta de revocación de mandato.

Los coordinadores parlamentarios en la Cámara de Diputados enfatizaron que el Decreto impugnado incumple la acción de inconstitucionalidad 151/2021, aprobada por la SCJN, en la que se establecieron las reglas del proceso de revocación de mandato, por lo que no es viable que Morena, con base en sus intereses, trate de modificar la Constitución o la interpretación de los ministros.

La sentencia determina que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) puede sancionar a quien incumpla la ley sobre la revocación.

Expusieron que el Decreto interpretativo resulta inconstitucional, pues busca imponerse a las interpretaciones dadas por el TEPJF e incluso al criterio emitido el lunes por la Sala Superior en relación a que no es aplicable al proceso de revocación.

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