"La experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana", externó Zaldívar.  

Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la exigencia de tener más de 18 años para solicitar un acta de nacimiento que reconozca la identidad de género de personas trans.

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“La Suprema Corte invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans”, indicó el tribunal en un comunicado.

Tras tomar esta decisión por considerar que “la norma vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación”, el Presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, emitió un contundente discurso que fue aplaudido por diversas organizaciones LGBTIQ+.

“Hoy tenemos la oportunidad de reafirmar en una sola voz que no hay nada que curar, que la experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana. Las infancias trans comprenden su lugar en el mundo”, dijo ante el pleno.

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Además, el Ministro destacó que así el Estado está obligado a aceptar todas las medidas necesarias para garantizar su “ejercicio efectivo” sin discriminación, con respeto” a la autonomía de las infancias trans y escuchando sus opiniones en las decisiones que afecten a su vida “y al interés superior de la infancia”.

Cabe mencionar que la discusión del asunto continuará durante la próxima sesión del pleno ya que quedó pendiente ” la resolución de los efectos de la declaratoria de invalidez”.

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