Foto: Archivo. El SAT informó que habrá un periodo de transición para la Carta Porte.
Foto: Archivo. Foto: Archivo. El SAT informó que habrá un periodo de transición para la Carta Porte.  

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que habrá un periodo de transición, que se extenderá hasta el 31 de marzo de , para que los contribuyentes que se dedican al traslado de mercancías por el país, puedan emitir correctamente la factura electrónica con complemento Carta Porte sin multas ni sanciones.

Y es que, entre los transportistas de carga había inquietud sobre la implementación de dicho documento, ya que entrará en vigor el 1 de enero de 2022 y no se les había informado sobre algún periodo de transición hacia el formato digital, por lo que temían a sanciones.

Con la Carta Porte, que es un documento que sirve para acreditar la legal estancia o la tenencia de bienes o mercancías que se trasladan a lo largo del territorio nacional, la autoridad pretende combatir el contrabando

El SAT también precisó que el uso de complemento Carta Porte no es, ni será necesario cuando se trasladen bienes o mercancías con su vehículo dentro de su ciudad o localidad.

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“Es importante aclarar que el complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte”, precisó la autoridad tributaria.

Aunado a lo anterior, dicho documento no será requerido para camionetas o grúas de carga ligera que transiten por las vías locales.

Y para quienes utilicen vehículos de carga ligera para transitar en un tramo cuya longitud de carretera federal no exceda los 30 kilómetros, tampoco se requerirá de la emisión de factura electrónica con complemento Carta Porte.

En ese sentido, indicaron que el único cambio que se prevé para 2022 es que el complemento Carta Porte será en formato digital, con el objetivo de disminuir el contrabando de mercancías el territorio mexicano, “además de que se tendrá trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país”.

“Aquellos que actualmente realizan contrabando, ya no podrán hacerlo. Tendrán que pagar sus impuestos por el ingreso de mercancía”, sostuvo el SAT.

Con dicha medida, refirieron que se contribuirá a un mercado más justo y piso parejo para los empresarios que cumplen con la obligación del pago de impuestos, además de que acabará con la competencia desleal de quienes ingresan mercancías por medio del contrabando.

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El órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señaló que sólo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte, es decir, la policía estatal y municipal no están autorizadas para solicitarlo a los transportistas.

LV