Foto: Archivo. El Pleno de la SCJN declaró inconstitucional la "Ley Zaldívar".
Foto: Archivo. Foto: Archivo. El Pleno de la SCJN declaró inconstitucional la "Ley Zaldívar".  

Por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la “Ley Zaldívar”.

En su sesión de este martes, la SCJN declaró inválido el artículo 13 transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual fue impugnado por diputados y senadores de oposición.

El artículo invalidado buscaba la ampliación del mandato del ministro presidente del máximo tribunal -también cabeza del Consejo de la Judicatura Federal– por dos años adicionales.

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El Pleno consideró que la ampliación -propuesta por el titular del Ejecutivo– es contraria a los artículos 97 y 100 de la Constitución, que rigen la designación y plazos del Presidente de la Corte  y los consejeros de la Judicatura.

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Además de violentar los principios de supremacía constitucional, división de poderes y de autonomía e independencia judicial.

Por tanto, la SCJN determinó que tales funcionarias y funcionarios deberán dejar los cargos correspondientes conforme al plazo originalmente determinado en el momento de su nombramiento.

La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal.

El proyecto de resolución del caso fue elaborado por el ministro Fernando Franco Salas.

LV