Foto: Archivo El caso analizado por los magistrados se basó en publicaciones realizadas en la red social de Facebook contra la también exsenadora  

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por una mayoría de seis votos a favor y uno en contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Campeche que, entre otras cuestiones, declaró que el entonces candidato de Movimiento Ciudadano a la gubernatura de esa entidad cometió violencia política en razón de género en contra de la candidata postulada por la coalición Juntos Haremos Historia, Layda Sansores San Román.

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En sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior del TEPJF determinó que las expresiones denunciadas no actualizaban la infracción de violencia política en razón de género, sino que constituían críticas hacia la candidata en las que no se advierte que tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos político-electorales de la denunciante.

El caso analizado por los magistrados se basó en publicaciones realizadas en la red social de Facebook contra la también exsenadora, por lo que el tribunal de aquella entidad impuso una multa al entonces candidato de Movimiento Ciudadano a la gubernatura de esa entidad, Eliseo Fernández Montúfar.

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Aunado a lo anterior, las magistradas y magistrados consideraron que el Tribunal de aquella entidad debió tomar en cuenta el contexto, en concreto de las publicaciones, toda vez que estaba en curso el proceso electoral y que el debate de campaña era tenso entre todos los contendientes.

Con base en lo anterior, dejaron sin efectos lo relativo a la sanción y medidas de no repetición impuestas tanto al candidato como al partido político antes mencionados.

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