La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es inconstitucional penalizar el aborto voluntario.

Pese a que la norma inválida varios artículos del Código Penal de Coahuila, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, aclaró los alcances de la votación –que consideró como histórica– porque a partir de ayer, en el país ninguna mujer podrá ser procesada por abortar.

Por unanimidad de 10 votos, el Pleno de la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, el cual castigaba con cárcel a las mujeres que se practicaron una interrupción del embarazo, así como a las personas que le brindaran ayuda.

Es decir, la inconstitucionalidad aplicará para las 32 entidades del país, de las cuales, 28 tienen normas que criminalizan a las mujeres que interrumpan su embarazo, por lo que ya no podrán ser encarceladas.

La votación de ayer no implica modificaciones a los Códigos penales de las entidades ni exenta de que se puedan presentar denuncias contra quienes interrumpan su embarazo de forma voluntaria, pero son los jueces los que están obligados a acatar el precedente de la Corte.

El ministro presidente señaló que “a partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres”.

La votación se consideró unánime porque 10 ministros votaron a favor y solo el ministro Jorge Mario Pardo se ausentó, de manera justificada, de la sesión donde se votó el asunto sobre el aborto.

La SCJN aprobó que la inconstitucionalidad es retroactiva por lo que las mujeres que actualmente están encarceladas por interrumpir su embarazo de manera voluntaria podrán obtener su libertad.

A su vez, la sentencia de la Suprema Corte eliminó “una porción que impedía que la mujer fuera asistida por personal sanitario en un aborto voluntario. Asimismo, extendió la invalidez a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial”.

En comunicado, el organismo judicial explicó que “al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la Corte obligan a todos los jueces de México; tanto federales como locales. A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta”.

En las inmediaciones de la Corte, grupos pro vida y a favor de la despenalización de aborto se manifestaron mientras los ministros debatían el tema.

El Instituto Nacional de las Mujeres, legisladores y políticos se congratularon con la decisión de la SCJN. “Sienta un valioso precedente que establece bases sólidas para garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y su maternidad”, resaltó el Inmujeres en un comunicado.

FRASES
“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte, en los supuestos que ha considerado válido el tribunal constitucional”
Arturo Zaldívar
Ministro presidente de la Corte

“Es un día histórico para la garantía efectiva de los derechos humanos. Gracias a las mujeres que durante décadas, con una lucha incansable, han hecho posible que nunca más una mujer o persona gestante sea sancionada por abortar”
Janine Otálora
Magistrada del TEPJF

Posponen senadores ley de Juicio Político

Por: Karina Aguilar

La falta de acuerdos entre la bancada mayoritaria de Morena y sus aliados con la oposición ocasionó que la Junta de Coordinación Política –que preside el senador Ricardo Monreal– decidiera posponer la discusión que se tenía prevista para este martes.

“En acuerdo con los grupos parlamentarios, decidimos abrir un espacio para revisar el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaratoria de Procedencia. Perseverantes en el diálogo”, señaló Monreal.

Previamente, la oposición advirtió que de aprobarse en el Pleno el dictamen que obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros de las cámaras de Senadores y Diputados, con el propósito de evitar el freno a estos procesos –como ocurrió en el caso del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, cuyo Congreso estatal evitó su desafuero–, sería controvertida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La norma que ayer fue aprobada en comisiones del Senado actualiza, define y regula los procedimientos que permitan sancionar a servidores públicos que han violentado “el buen funcionamiento de las instituciones públicas”.

De este modo se podrán sancionar, destituir o incluso inhabilitar a los funcionarios de alto nivel, incluyendo al Presidente, que incurran en violaciones graves a la Constitución, las leyes federales o que hagan uso indebido de fondos y recursos federales.
LEG